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BOC Nº 204. Martes 21 de Octubre de 2014 - 4569

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V. ANUNCIOS - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

4569 Viceconsejería de Pesca y Aguas.- Anuncio de 10 de octubre de 2014, por el que se requiere documentación a los interesados de las subvenciones reguladas en la Orden de 5 de agosto de 2014, por la que se convocan para el ejercicio 2014, subvenciones destinadas a inversiones productivas en acuicultura.

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BOC-A-2014-204-4569. Firma electrónica - Descargar

Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 5 de agosto de 2014 (BOC nº 158, de 18 de agosto de 2014), se convocan para el ejercicio 2014, subvenciones destinadas a inversiones productivas en acuicultura, previstas en la Sección 6ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Europeo de Pesca de España, para el período de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 21 de junio de 2010, de esta Consejería (BOC nº 123, de 24 de junio de 2010), modificada por la Orden de 11 de julio de 2014 (BOC nº 142, de 24 de julio de 2014).

Según lo dispuesto en el artículo 50 de dichas bases se procede al requerimiento de documentación, a los solicitantes de estas subvenciones, para que en el plazo de diez (10) días, subsanen y completen los documentos y datos que se reseñan en el Anexo adjunto, advirtiéndoles de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistido de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, previa resolución que deberá se dictada en los términos previsto en el artículo 42 de la referida Ley.

A N E X O

RELACIÓN DE SOLICITANTES A LOS QUE SE REQUIERE DOCUMENTACIÓN

Los solicitantes reseñados a continuación, deben aportar íntegramente toda la documentación (debidamente autenticada u original y copia), establecida en el artículo 35 apartados b), d) y e) y artículo 36 de las bases reguladoras, modificados por los apartados 17 y 18 de la Orden de 11 de julio de 2014 (BOC nº 142, de 24 de julio de 2014), así como el Anexo I (modelo de solicitud de subvención) debidamente cumplimentado en todos sus extremos. En caso de no incluir algún apartado debe justificar los motivos de tal exclusión.

Se deberá aportar además descripción detallada de la inversión para la que se solicita subvención y Certificado de la Seguridad Social que especifique el número de empleados que tiene la empresa en el año natural anterior a la presentación de la solicitud de subvención.

Ver anexo en la página 26789 del documento Descargar

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de octubre de 2014.- El Viceconsejero de Pesca y Aguas, Juan Manuel Soto Évora.

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