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BOC Nº 247. Lunes 22 de Diciembre de 2014 - 5640

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5640 Viceconsejería de Pesca y Aguas.- Resolución de 15 de diciembre de 2014, por la que se otorgan las autorizaciones para la práctica de la pesca recreativa desde embarcación previstas en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto 62/1995, de 24 de marzo, por el que se establece una reserva marina de interés pesquero en el entorno de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote.

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BOC-A-2014-247-5640. Firma electrónica - Descargar

Mediante la Orden de 1 de agosto de 2014, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 155, de 12 de agosto de 2014, se fijaron los criterios para autorizar la práctica de la pesca recreativa desde embarcación prevista en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto 62/1995, de 24 de marzo, por el que se establece una reserva marina de interés pesquero en el entorno de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote, se modificó el plazo para presentar solicitudes a tal fin y se fijaron una serie de obligaciones a los titulares de las referidas autorizaciones.

El artículo 2, punto 1, de la citada Orden establece que en el supuesto de que el número de solicitudes presentadas para obtener las autorizaciones referidas supere los cupos previstos en la letra b) del apartado 3 del artículo 4 del Decreto 62/1995, de 24 de marzo, estas se otorgarán siguiendo el sistema de sorteo público.

Concluido el plazo de presentación de alegaciones en relación a la lista provisional de solicitudes presentadas para la práctica de la pesca recreativa desde embarcación prevista en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto 62/1995, de 24 de marzo, por que se establece una reserva marina de interés pesquero en el entorno de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote, aprobada por Resolución de 10 de octubre de 2014 (BOC nº 205, miércoles 22 de octubre de 2014), atendidas las recibidas y de conformidad con lo previsto en el artículo 2, apartado 2, letra c) de la citada Orden, esta Viceconsejería de Pesca y Aguas procedió a dictar Resolución de 20 de noviembre de 2014, por la que se aprueba la relación definitiva de solicitudes presentadas y a señalar el lugar, día y hora en que se celebraría el sorteo público (BOC nº 232, viernes 28 de noviembre de 2014).

Llevado a cabo el mencionado sorteo público, según lo establecido en el artículo 2, punto 2, letra d) de la mencionada Orden de 1 de agosto de 2014, el número de la lista definitiva de admitidos a partir del cual han de comenzar a asignarse los cupos de autorizaciones es el número 4.

Compete a esta Viceconsejería, otorgar las autorizaciones para la práctica recreativa desde embarcación prevista en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto 62/1995, de 24 de marzo, por el que se establece una reserva marina de interés pesquero en el entorno de la isla de La Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote, a tenor de lo establecido en el artículo 12.1.A).b) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 40/2012, de 17 de mayo (BOC nº 103, de 25 de mayo de 2012).

En consecuencia,

R E S U E L V O:

Primero.- Otorgar las autorizaciones para la práctica de la pesca recreativa desde embarcación prevista en el apartado 3 del artículo 4 del Decreto 62/1995, de 24 de marzo, según los criterios y las obligaciones fijadas respectivamente en el artículo 2, punto 2, letra e) y en el artículo 4 de la Orden de 1 de agosto de 2014, a los titulares y en los periodos de tiempo que se detallan en el Anexo.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2014.- El Viceconsejero de Pesca y Aguas, Juan Manuel Soto Évora.

Ver anexo en las páginas 31736-31736 del documento Descargar

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