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BOC Nº 176. Lunes 12 de Septiembre de 2016 - 3236

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

3236 ORDEN de 2 de septiembre de 2016, por la que se actualizan las instrucciones que desarrollan determinados aspectos del Bachillerato de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En 2006 se actualizan las instrucciones que desarrollan determinados aspectos del Bachillerato de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias, como consecuencia de su adaptación a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE). Con las modificaciones introducidas por la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), se producen importantes cambios en la ordenación del Bachillerato.

En respuesta a estos cambios, en 2015 la Comunidad Autónoma de Canarias establece una nueva ordenación del Bachillerato, en cuyo marco han de encuadrarse las diferentes normativas reguladoras de estas enseñanzas.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, de Mejora de la Calidad Educativa, dispone, en su artículo 66.1, que la educación de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional. Esta misma ley, en su artículo 67.2, determina que la organización y la metodología de las enseñanzas para las personas adultas se basarán en el autoaprendizaje y tendrán en cuenta sus experiencias, necesidades e intereses, pudiendo desarrollarse a través de la enseñanza presencial y también mediante la educación a distancia. Más adelante, en su artículo 69.2, dedicado a las enseñanzas postobligatorias, dispone que corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas oportunas para que las personas adultas dispongan de una oferta específica de estos estudios organizada de acuerdo con sus características.

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, dispone, en sus artículos 26, 27 y 28, la nueva organización del Bachillerato.

En su aplicación, el Decreto 315/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone la ordenación específica para esta Comunidad Autónoma.

El Decreto 83/2016, de 4 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en el artº. 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), en los artículos 4 y 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), de conformidad con la previsión contenida en el artículo 9 del citado Decreto 103/2015, y el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15),

D I S P O N G O:

Primero.- Dictar instrucciones que actualicen la organización de las enseñanzas de Bachillerato de Personas Adultas.

Segundo.- Facultar a los equipos directivos de los Institutos de Enseñanza Secundaria (IES), de los Centros de Educación a Distancia (CEAD) y de los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA) para que arbitren el procedimiento más adecuado, con el fin de que la presente orden sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa.

Tercero.- Encomendar a la Inspección de Educación la supervisión para el cumplimiento de esta orden y el asesoramiento en aquellos aspectos que le soliciten los equipos directivos de los centros.

Disposición derogatoria única.- Queda derogada la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 30 de junio de 2006, por la que se actualizan las instrucciones que desarrollan determinados aspectos de las enseñanzas de Bachillerato de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 170, de 31 de agosto).

Disposición final única.- Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de septiembre de 2016.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

Ver anexo en las páginas 24706-24731 del documento Descargar

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