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BOC Nº 206. Lunes 24 de Octubre de 2016 - 3832

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona

3832 EDICTO de 27 de septiembre de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados nº 0000084/2014.

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BOC-A-2016-206-3832. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Visitación Rengifo Olea, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a siete de abril de dos mil dieciséis.

D. Fernando Piñana Batista, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de los de Granadilla y su Partido Judicial, habiendo visto los presentes Autos de Medidas personales y patrimoniales nº 84/2014 promovidos por doña María Candelaria González González dirigida por Letrada Sra. Raquel Bravo Sueiro y representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Arroyo Arroyo contra don Casiano Antonio González Alayón, en rebeldía.

DISPONGO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por doña María Candelaria González González contra don Casiano Antonio González Alayón, y en consecuencia se establecen las siguientes medidas en relación con sus dos hijas:

1ª.- Como contribución del padre en concepto de alimentos de las hijas E. I. G. G. y E. M. G. G. se fija la cantidad de 250 euros mensuales, para cada una de ellas, en total quinientos euros mensuales, cantidad que el padre deberá entregar a la madre dentro de los cinco primeros días de cada mes en la C/C abierta a su nombre. Los gastos extraordinarios que surjan en la vida de sus hijas serán sufragados por mitad entre ambos progenitores.

2ª.- No procede imposición de costas dada la especialidad de este procedimiento.

Contra esta Sentencia cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio, para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Casiano Antonio González Alayón, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 27 de septiembre de 2016.- La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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