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BOC Nº 243. Lunes 19 de Diciembre de 2016 - 4689

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

4689 Viceconsejería de Medio Ambiente.- Resolución de 3 de agosto de 2016, por la que se emite Informe de Impacto Ambiental en relación con el proyecto denominado «Instalaciones para centro autorizado de tratamiento de vehículos», promovido por "Taller Filiberto M. González, S.L.", para unas instalaciones sitas en el Parque Empresarial El Molino, 17, La Grama, 38710-Breña Alta, La Palma, determinándose que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente.- Expte. 2016/0785.

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BOC-A-2016-243-4689. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

1º) Con fecha de 18 de diciembre de 2015 y registro nº PTSS 1801, se recibe solicitud de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada para el proyecto denominado "Instalaciones para centro autorizado de tratamiento de vehículos", promovido por "Taller Filiberto M. González, S.L.", para unas instalaciones sitas en el Parque Empresarial El Molino, 17, La Grama, 38710-Breña Alta, La Palma.

2º) Por parte de esta Viceconsejería de Medio Ambiente se ha llevado a cabo el trámite de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, legalmente previsto, concretamente al Cabildo de La Palma, Ayuntamiento de Breña Alta y a la Federación Ecologista Ben Magec, recibiéndose respuesta del citado Cabildo Insular estimando que la actuación no se encuentra dentro de ningún espacio natural protegido, ya sea de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos o de la Red Natura 2000 (...) y que la actividad se va a desarrollar en una nave industrial, dentro de un parque empresarial que no afectará al entorno natural.

CONSIDERACIONES TÉCNICAS

Primera.- Se trata de una instalación de tratamiento de residuos peligrosos con la siguiente ubicación y capacidad de tratamiento para cada operación:

DIRECCIÓN DE LAS INSTALACIONES:

Parque Empresarial El Molino, 17, La Grama, 38710-Breña Alta, La Palma.

COORDENADAS GEOGRÁFICAS:

Latitud: 28º 39' 39,83" N; Longitud: 17º 46' 42,80" O.

OPERACIONES DE TRATAMIENTO:

(R12) Tratamiento: 1 Vehículo/día (Descontaminación: 0,075 T/día; Desmontaje: 0,7 T/día; Preparación para la reutilización de piezas: 0,12 T/día; Compactación: 0,3 T/día).

(R13) Almacenamiento temporal: 1 vehículo (Recepción de VFVU: 1; Almacenamiento de residuos peligrosos extraídos: 2 T; Almacenamiento de residuos no peligrosos extraídos: 4 T).

Segunda.- La ubicación de las instalaciones de tratamiento de residuos no afecta a ningún lugar incluido dentro de la Red Natura 2000, de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, ni a zonas declaradas Áreas de Sensibilidad Ecológica. Asimismo, no se detecta la presencia de ninguna especie o ecosistema protegido en la zona cercana a las instalaciones.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Al presente procedimiento resulta de aplicación la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Segundo.- La instalación objeto de este expediente se somete al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada en aplicación del artículo 23.2 de la Ley 14/2014, por ser uno de los proyectos incluidos en el Anexo II, grupo 9, apartado d) de dicha Ley.

Tercero.- Según el artículo 23.3 de la Ley 4/2014, de 26 de diciembre, modificado por la Ley 9/2015, de 27 de abril, el órgano ambiental competente para la evaluación de impacto ambiental, será la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC).

Según acuerdo de la COTMAC, de 2 de octubre de 2015, se delega en la Viceconsejería de Medio Ambiente la competencia que corresponde a la COTMAC para emitir los Informes de Impacto Ambiental.

En su virtud, se propone resolver

Primero.- Emitir Informe de Impacto Ambiental sobre el proyecto denominado "Instalaciones para centro autorizado de tratamiento de vehículos", promovido por "Taller Filiberto M. González, S.L.", para unas instalaciones sitas en el Parque Empresarial El Molino, 17, La Grama, 38710-Breña Alta, La Palma, determinándose que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no deberá someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Segundo.- Notificar la presente resolución al interesado.

Tercero.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede electrónica de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.- La Directora General de Protección de la Naturaleza, Sinesia María Medina Ramos.

Conforme se propone, resuélvase.

La presente resolución no será objeto de recurso administrativo alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial contencioso-administrativa frente al acto de aprobación del proyecto o frente a la declaración responsable o la comunicación previa.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de agosto de 2016.- La Viceconsejera de Medio Ambiente (p.d., Acuerdo de la COTMAC de 2.10.15), Blanca Delia Pérez Delgado.

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