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BOC Nº 252. Jueves 29 de Diciembre de 2016 - 4924

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Universidad de La Laguna

4924 RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2016, por la que se aprueba la ampliación de la oferta pública de empleo para el Personal Docente e Investigador para el año 2016, en diez plazas de Catedráticos, de acceso mediante promoción interna.

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BOC-A-2016-252-4924. Firma electrónica - Descargar

A propuesta del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado se aprobó por Consejo de Gobierno de fecha 8 de abril de 2016, la Oferta de Empleo Público de 2016 del Personal Docente e Investigador (PDI), dentro del marco establecido por la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, que viene en establecer, que a lo largo del presente año, únicamente se podrá proceder en el sector público a la incorporación de nuevo personal con sujeción a los límites y requisitos establecidos en los apartados siguientes. En este sentido, el artículo 20 de la citada norma determina que respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 100 por ciento.

Posteriormente, e igualmente a propuesta del mismo Vicerrectorado, se aprueba por Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2016 una ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2016 del PDI de 17 plazas, con las cuales se alcanza el 100% de la referida tasa de reposición.

En el ámbito de la Universidad de La Laguna, el artículo 24 del Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna, indica que la oferta general o particular de plazas deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno, previo informe de los órganos de representación del personal, de acuerdo con los criterios a cuyo efecto la presente ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 2016, vendrá definida por los principios de racionalización y contención del gasto público.

La citada habilitación ha de hacerse efectiva dentro del escenario del artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades, modificado por el apartado uno de la disposición final segunda del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía (BOE 12 septiembre), que establece que las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Por otra parte, el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, junto con la previsión de determinación del Órgano competente para aprobar las ofertas de empleo público que, para el ámbito de la Universidad de La Laguna es el Consejo de Gobierno como se indica en el artículo 24 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, que establece que la Resolución por la que se apruebe la oferta pública de empleo podrá contener medidas derivadas de la planificación de recursos humanos.

En este sentido la promoción interna se configura como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a superiores.

En esta Resolución se ofertan las plazas que deben proveerse mediante procesos selectivos de promoción interna, facilitando con ello el derecho a la carrera profesional del personal al servicio de la Administración Pública reconocido en la Ley Orgánica de Universidades.

La presente Resolución, por tanto, tiene como finalidad dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración de la Universidad de La Laguna.

En su virtud, este Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, previa negociación con los órganos de representación del personal, y de acuerdo con lo aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de fecha 30 de noviembre,

R E S U E L V E:

Primero.- Aprobar una ampliación de la oferta pública de empleo para personal docente e investigador para 2016.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, se aprueba la ampliación de la oferta pública de empleo para 2016 en los términos que se establecen en esta Resolución.

Segundo.- Cuantificación de las plazas de oferta pública de empleo.

1. Dispone el artículo 62.2, párrafo segundo, de la Ley Orgánica de Universidades, que se podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas, que no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de esa misma ley. Se convocarán para funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o a de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación, que hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. Los funcionarios que participen en estos concursos tendrán que estar acreditados para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.

2. En el anexo a esta resolución, se incluyen las plazas que se autorizan en la Universidad de La Laguna para el ingreso por promoción interna para el acceso al Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad, basada en las 40 plazas de turno libre que se aprobaron por los acuerdos de Consejo de Gobierno al inicio referidos, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2016 y una primera ampliación de la misma, de Personal Docente e Investigador.

Tercero.- Criterios generales de aplicación en los procesos selectivos y sobre la publicidad y gestión de los mismos.

1. A los procesos selectivos de personal funcionario de carrera, derivados de la presente oferta pública de empleo, les será de aplicación la normativa sobre convocatorias de cuerpos docentes universitarios de esta Universidad.

2. Las convocatorias de personal laboral se regirán por su normativa específica.

3. Esta oferta de plazas deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno, previo informe de los órganos de representación del personal, de acuerdo con los criterios establecidos.

4. La composición de los Órganos de selección se atendrá a lo establecido en el artículo 60 del Estatuto Básico del Empleado Público, y se garantizará la paridad entre mujeres y hombres. Esta medida se tendrá en cuenta a la hora de nombrar los miembros que ostentarán las presidencias y secretarías de aquellos. Los Órganos de selección aplicarán en su actuación principios de austeridad y agilidad a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de conformidad con lo establecido en el referido Estatuto Básico del Empleado Público.

5. Las convocatorias de los procesos selectivos de personal funcionario, juntamente con sus bases, se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Las convocatorias de personal laboral se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.

En ambos casos, además, se difundirán utilizándose a este fin la página web de la Universidad de La Laguna. Se aprovecharán las posibilidades que ofrecen los avances tecnológicos en el ámbito de los procesos selectivos facilitando información a través de internet.

Cuarto.- Contratación laboral fija en la Universidad de La Laguna.

Con objeto de posibilitar la promoción del personal laboral, y atendiendo a lo estipulado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, parte de las plazas resultantes de la aplicación del límite de la tasa de reposición del 100 por ciento correspondiente a los Cuerpos del personal investigador de las Universidades, podrá ofertarse para el ingreso como Profesor Contratado Doctor en los términos contemplados en la Ley Orgánica de Universidades.

Quinto.- Entrada en vigor.

A partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

La Laguna, a 21 de diciembre de 2016.- El Rector, p.d. (Resolución de 3.10.16; BOC de 13.10.16), la Vicerrectora de Ordenación Académica y Profesorado, Carmen Rosa Sánchez López.

Ver anexo en las páginas 36650-36650 del documento Descargar

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