Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 42. Miércoles 1 de Marzo de 2017 - 968

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

968 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 21 de febrero de 2017, por la que se convoca la Acción III.3 "Prima por cabeza al sector ovino para la campaña 2017", del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

13 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 2.69 Mb.
BOC-A-2017-042-968. Firma electrónica - Descargar

La aprobación del Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo, de 30 de enero de 2006, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, ha supuesto el establecimiento de programas comunitarios de apoyo a las regiones ultraperiféricas comprensivos de medidas específicas en favor de las producciones agrícolas locales. Este Reglamento ha sido derogado por el Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, que regula igualmente en su artículo 3 el establecimiento de programas comunitarios de apoyo a dichas regiones.

Sobre la base jurídica descrita, la Comisión aprobó el "Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias" en su Decisión de 9 de noviembre de 2006, decisión no destinada a su publicación, por lo que mediante la Orden de esta Consejería de 10 de noviembre de 2006, se dio publicidad a las medidas previstas en el "Programa Comunitario Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias" (BOC nº 225, de 20.11.06).

El Reglamento de ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, dispone en su artículo 40, el procedimiento para la presentación de modificaciones al Programa. Conforme a lo dispuesto en dicho artículo, se han tramitado varias modificaciones del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

La modificación correspondiente a la campaña 2009, aprobada mediante Decisión de la Comisión Europea, de 20 de mayo de 2009 y publicitada por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 9 de junio de 2009 (BOC nº 113, 15.6.09), autoriza al Estado miembro a incrementar su ficha financiera con financiación adicional, mediante el mecanismo de ayudas de estado. Ello supone, desde un punto de vista procedimental que la gestión de la ayuda debe realizarse a través de dos convocatorias de subvenciones distintas en razón a la naturaleza de los créditos que las sustentan. La convocatoria objeto de esta Resolución se financiará con fondos comunitarios procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA).

La modificación, correspondiente a la campaña 2017, ha sido aprobada por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea con fecha 5 de diciembre de 2016, y posteriormente publicitada mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 27 de diciembre de 2016, por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en el Programa Comunitario de Apoyo a las producciones Agrarias de canarias, establecido en virtud del artículo 3 del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo (BOC nº 2, de 5.1.17).

Por otro lado, el 11 de agosto de 2015, la Dirección General de Ganadería dictó resolución en la que se establecen medidas en materia de identificación y registro de las especies ovina y caprina en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 162, de 20.8.15), la cual fija que la actualización obligatoria de las altas y bajas de los animales identificados individualmente en la explotación a lo largo del año debe efectuarse durante el mes de diciembre; todo ello con el fin de que dicha Dirección General traslade la información declarada a la base de datos del Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) al inicio de la campaña siguiente. Esta circunstancia no ha sido tenida en cuenta en el momento de proponer a los Servicios de la Comisión Europea, la aprobación de la Acción III.3, manteniéndose los plazos de presentación de solicitudes entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada campaña. Por ello, y en virtud de lo recogido en el Anexo III Medidas Adicionales, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias que establece: "La autoridad competente podrá disponer plazos extraordinarios de convocatoria y gestión cuando, por causas justificadas y para evitar perjuicios a los potenciales beneficiarios, lo considere necesario", es preciso disponer un plazo extraordinario para la presentación de las solicitudes en el sentido de que se inicie a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria y que finalice el 12 de abril de 2017, al objeto de que la información requerida esté disponible para los solicitantes, y los datos de identificación de los animales correctamente inscritos, en el momento de efectuar la solicitud.

En virtud de lo anteriormente expuesto y en uso de la competencia para dictar el presente acto que me atribuyen los artículos 2 y 3 de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 29 de mayo de 2007, por la que se autoriza en la Comunidad Autónoma de Canarias, el Organismo Pagador del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo de Desarrollo Rural, y se establece su organización y funcionamiento (BOC nº 116, de 12.6.07), y los artículos 5.2.c) y 6.a) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por el Decreto 40/2012, de 17 de mayo (BOC nº 103, de 25.5.12 y nº 248, de 23.12.15),

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar las ayudas de "Prima por cabeza al sector ovino para la campaña 2017" incluidas en la Acción III.3 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Segundo.- Aprobar las bases que han de regir las ayudas que se convocan, las cuales aparecen recogidas en el anexo de esta Resolución.

Tercero.- Establecer que el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a las presentes ayudas se inicie a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria y finalice el 12 de abril de 2017.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; transcurrido el cual la resolución será firme a todos los efectos.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de febrero de 2017.- El Viceconsejero de Sector Primario, Abel Morales Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 5597-5606 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias