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BOC-A-2017-050-1157.
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Dña. María Elena Sánchez Giménez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2016.
Vistos por mí, María Concepción Pérez-Crespo Cano, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de esta Capital y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio verbal nº 808/2015 sobre divorcio, seguidos ante este Juzgado a instancia de Dña. Seema Bhagwan Balani Chugani, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Luz Moral Campos y bajo la dirección letrada de D. Francisco Javier Valdivia Palau; y siendo parte demandada D. Chebahi Ould El Ghailani, declarado en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Luz Moral Campos, en nombre y representación de Dña. Seema Bhagwan Balani Chugani contra D. Chebahi Ould El Ghailani, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes al mismo. No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas. Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil, donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez sustituta que la suscribe, estando celebrando audiencia pública con mi asistencia en el día de su fecha, doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Chebahi Ould El Ghailani, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 17 de febrero de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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