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BOC Nº 52. Miércoles 15 de Marzo de 2017 - 1199

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona

1199 EDICTO de 28 de julio de 2016, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000312/2015.

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BOC-A-2017-052-1199. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Flora Benita Arteaga Herrera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 31 de mayo de 2016.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Gloria Martín Fonseca, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona los presentes autos de Familia. Divorcio contencioso, nº 0000312/2015 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Jesica Reyes González, dirigido por el Letrado D./Dña. Carlos Javier Estrella Gil y representado por el Procurador D./Dña. Ana Jesús García Pérez y de otra como demandada D./Dña. Washington Eduardo Marsico López, sobre divorcio contencioso.

FALLO

Que estimando la demanda presentada por Dña. Jessica Reyes González, contra D. Wasington Eduardo Marsico López declaro la disolución del matrimonio por divorcio, hasta ahora formado por los citados cónyuges, procediéndose una vez firme esta resolución a la disolución del régimen económico matrimonial, sin hacer expresa condena en costas de ninguno de ellos por lo que cada uno abonará las causadas a su instancia y las comunes lo serán por mitad.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Washington Eduardo Marsico López, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 28 de julio de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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