Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 55. Lunes 20 de Marzo de 2017 - 1278

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

1278 EDICTO de 23 de enero de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000727/2013.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 226.34 Kb.
BOC-A-2017-055-1278. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 18 de marzo de 2014.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Guillermo Fernández García, Juez de Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana los presentes autos de Juicio verbal, n° 0000727/2013 seguido entre partes, de una como demandante Insular Canarias de Bebidas, SAU, dirigido por el Letrado D. José Manuel Melián Monzón y representado por el Procurador D. Alejandro Valido Farray y de otra, como demandada D. Robert Sidaway.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Alejandro Valido Farray, en nombre y representación de Insular Canarias de Bebidas, SAU, frente a D. Robert Sidaway, declaro que el contrato de compraventa suscrito por las partes fue debidamente resuelto por el actor, condeno a dicho demandado a que satisfaga a la actora la suma de 2.833,50 euros, más el interés legal del dinero desde 11 de julio de 2013, gastos y costas del procedimiento.

Contra esta resolución no cabe recurso.

Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Robert Sidaway, se extiende la presente para que sirva de notificación.

En San Bartolomé de Tirajana, a 23 de enero de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias