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BOC-A-2017-067-1627.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. Luna Béjar Villalonga, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado auto en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
AUTO
En San Bartolomé de Tirajana, a 7 de julio de 2016.
Dada cuenta;
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- En el acto de la vista, no compareció ni el letrado de la demandante ni la propia demandante, y tampoco lo hizo el demandado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- El artículo 442 LEC prevé que si no comparece el demandante a la vista y el demandado no pide la continuación, se tendrá por desistida a la actora.
PARTE DISPOSITIVA
Se tiene por desistida y por apartada del presente juicio a la parte actora.
Se alzan los embargos trabados en autos contra bienes de la propiedad de los demandados y se decreta la cancelación de las anotaciones preventivas a que, en su caso, hubieren dado lugar debiendo librarse los despachos a ello conducentes.
Desglósense los documentos presentados en el procedimiento por el instante, al que le serán entregados, dejando en autos suficiente testimonio.
Firme este auto, archívense las actuaciones.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.
Así lo dispone, manda y firma D./Dña. Mariano López Molina, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de San Bartolomé de Tirajana; doy fe.- El/la Magistrado Juez.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Valdimir Chamizo Rodríguez, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 20 de diciembre de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.
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