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BOC Nº 69. Viernes 7 de Abril de 2017 - 1678

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación y Universidades

1678 ORDEN de 29 de marzo de 2017, relativa al cese y nombramiento de vocales del Consejo Escolar de Canarias en representación de la Universidad de La Laguna y en representación de la Confederación Regional de Federaciones de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnado (CONFAPACANARIAS).

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BOC-A-2017-069-1678. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta de la Viceconsejería de Educación y Universidades de fecha 21 de marzo de 2017, relativa al cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes en el Consejo Escolar de Canarias, en el mismo sentido de las propuestas formuladas por la Universidad de La Laguna y por el Presidente la Confederación Regional de Federaciones de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnado (CONFAPACANARIAS), a tenor de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Secretaría General de la Universidad de La Laguna remitió a esta Consejería, con fecha 9 de enero de 2017, certificación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de 22 diciembre de 2016, por el que se eleva propuesta de nombramiento de vocales titulares y suplentes en el Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna. Del contenido de la misma se desprende lo siguiente:

Cesar a don Ramón Aciego Mendoza Lugo y don Juan José Moreno Moreno como vocales titular y suplente respectivamente, en el Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna.

Nombrar a don Amador Guarro Pallás y don Pablo Joel Bonilla Santana vocales titular y suplente respectivamente, en el Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna.

Segundo.- El Presidente de la Confederación Regional de Federaciones de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnado (CONFAPACANARIAS) remitió a esta Consejería, con números de registro REU 5095, 5099 y 5100, de fecha 12 de enero de 2017, escritos de la asociación por los que se eleva propuesta de nombramiento de vocales titulares y suplentes en el Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado. Del contenido de los mismos se desprende lo siguiente:

Cesar a doña Alicia Gloria Reyes Hernández como vocal suplente de don Antonio Martín Román en el Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Nombrar a doña María Cristina Camacho Cejas vocal suplente de don Antonio Martín Román, en el Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Cesar a doña María del Carmen Padilla Darias como vocal suplente de don Eusebio Dorta González, en el Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Nombrar a doña María Noelia Robayna Cejudo vocal suplente de don Eusebio Dorta González, en el Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Cesar a doña María Gracia Vera González vocal suplente de doña María Olivia Cabrera Herrera, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Nombrar a doña María del Carmen Padilla Darias vocal suplente de doña María Olivia Cabrera Herrera, en el Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Resultan de aplicación los artículos 6.1.c) de la Ley 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares, y 9 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, aprobado por Decreto 36/2003, de 24 de marzo, en cuanto a la representatividad y legitimación para el nombramiento de vocales en dicho órgano.

Segundo.- Los artículos 17.1.g) de la citada Ley de los Consejos Escolares, y 11.1.e) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, señalan que procede el cese de los vocales por acuerdo de las organizaciones, entidades y asociaciones que efectuaron las propuestas.

Asimismo, los artículos 6.1.c) y 14 de la misma Ley 4/1987, de 7 de abril, así como el artículo 9 del precitado Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, atribuyen a la Consejera competente en materia de educación la facultad de efectuar los nombramientos de los vocales del Consejo Escolar de Canarias, a propuesta de las confederaciones, federaciones de alumnos y alumnas en función del número de asociaciones afiliados.

RESUELVO:

Primero.- Cesar a don Ramón Aciego Mendoza Lugo y don Juan José Moreno Moreno, como vocales titular y suplente, respectivamente, del Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna.

Segundo.- Nombrar a don Amador Guarro Pallás y don Pablo Joel Bonilla Santana, como vocales titular y suplente, respectivamente, del Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Universidad de La Laguna.

Tercero.- Cesar a doña Alicia Gloria Reyes Hernández, doña María del Carmen Padilla Darias y doña María Gracia Vera González como vocales suplentes de don Antonio Martín Román, don Eusebio Dorta González y doña María Olivia Cabrera Herrera, respectivamente, del Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Cuarto.- Nombrar a doña María Cristina Camacho Cejas, doña María Noelia Robayna Cejudo, y doña María del Carmen Padilla Darias como vocales suplentes de don Antonio Martín Román, don Eusebio Dorta González, y doña María Olivia Cabrera Herrera, respectivamente, del Consejo Escolar de Canarias, en representación del sector de padres y madres del alumnado.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tengan su domicilio los recurrentes; o bien interponer en mismo plazo el recurso de reposición potestativo ante esta Consejería de Educación y Universidades, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de marzo de 2017.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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