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BOC Nº 72. Miércoles 12 de Abril de 2017 - 1769

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación y Universidades

1769 Dirección General de Personal.- Resolución de 3 de abril de 2017, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 1 de septiembre de 2015, que aprueba las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 11 de mayo de 2015, por estimación del recurso potestativo de reposición interpuesto por doña María Elisabet Pérez Hernández.

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BOC-A-2017-072-1769. Firma electrónica - Descargar

Vista la Resolución de 2 de marzo de 2017, de esta Dirección General de Personal por la que se resuelve el recurso potestativo de reposición presentado por la aspirante doña María Elisabet Pérez Hernández, participante en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 11 de mayo de 2015 (BOC nº 91, de 14.5.15), contra la Resolución de 1 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Personal (BOC nº 177, de 10.9.15), por la que se aprueban las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La recurrente, doña María Elisabet Pérez Hernández, participó en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros por la especialidad de Educación Infantil, en el Tribunal nº 6 de Gran Canaria, superando el procedimiento selectivo con una puntuación final global de 7,8329 puntos, quedando en el número de orden 4 y no resultando seleccionada dentro del límite de plazas ofertadas en dicho Tribunal.

Segundo.- Por Resolución de la Dirección General de Personal de 1 de septiembre de 2015 (BOC nº 177, de 10.9.15), se aprueban las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 11 de mayo de 2015.

Tercero.- Contra la precitada Resolución de 1 de septiembre, doña María Elisabet Pérez Hernández interpone recurso potestativo de reposición concretamente contra la puntuación otorgada a las aspirantes doña María Ainhoa Saavedra Domínguez y doña Tania Travieso Quintana.

Cuarto.- Establecido el preceptivo trámite de audiencia las aspirantes doña María Ainhoa Saavedra Domínguez y doña Tania Travieso Quintana presentan alegaciones en las que exponen su no conformidad con los argumentos esgrimidos por la recurrente, solicitando, además doña Ainhoa Saavedra Domínguez que se revise la puntuación de doña María Elisabet Pérez Hernández a la que se le concedió puntuación por la habilitación de Educación Infantil y de Audición y Lenguaje por no tratarse de cursos de postgrado, así como el Máster Universitario en Logopedia, Audición y Lenguaje por tratarse de un título propio de la Universidad Alfonso X el Sabio y no un Máster oficial tal como exige la convocatoria.

Quinto.- A la vista de las alegaciones presentadas, esta Dirección General de Personal procede a la revisión de la baremación de doña María Elisabet Pérez Hernández, doña Tania Travieso Quintana y doña María Ainhoa Saavedra Domínguez, resultando que, respecto a la puntuación obtenida por doña Tania Travieso Quintana el tribunal calificador la baremó correctamente, ratificándose su puntuación global de 8,2939 puntos. Respecto a la puntuación obtenida por doña María Ainhoa Saavedra Domínguez se constata que se le ha baremado incorrectamente correspondiéndole en la fase de concurso una puntuación de 5,6600 puntos y una puntuación global de 7,3402 puntos, y por último, respecto a la recurrente, doña María Elisabet Pérez Hernández, fue también baremada de forma incorrecta, correspondiéndole en la fase de concurso una puntuación de 5,200 puntos y una puntuación global de 7,4996 puntos.

Sexto.- Como resultado de estas puntuaciones doña María Elisabet Pérez Hernández, con una puntuación de 7,4996, queda por delante de doña María Ainhoa Saavedra Domínguez con una puntuación de 7,3402, pero ambas puntuaciones son inferiores a la de la aspirante del mismo tribunal doña Carmen Toledano Berni, por lo que esta Dirección General procedió a comprobar los méritos aportados por esta última y revisar el baremo de dicha aspirante resultando correcta la baremación realizada por el tribunal calificador de 8,000 puntos en la fase de concurso y una puntuación global de 7,8004 puntos.

Séptimo.- La Resolución de 2 de marzo de 2017, de esta Dirección General de Personal por la que se resuelve el recurso potestativo de reposición presentado por la aspirante doña María Elisabet Pérez Hernández, participante en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 11 de mayo de 2015 (BOC nº 91, de 14.5.15), contra la Resolución de 1 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Personal (BOC nº 177, de 10.9.15), por la que se aprueban las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas, formula la siguiente propuesta de resolución:

"Primero.- Estimar parcialmente el recurso de reposición de Dña. María Elisabet Pérez Hernández, en los términos expuestos en los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos anteriores, quedando las puntuaciones globales, de la propia recurrente y de las aspirantes interesadas en la forma prevista en el fundamento jurídico séptimo.

Segundo.- Declarar que procede incluir a Dña. Carmen Toledano Berni en la Resolución de esta Dirección General de Personal de 1 de septiembre de 2015, por la que se aprueban las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 11 de mayo de 2015 (BOC nº 177, de 10.9.15), en la especialidad de Educación Infantil, en el número de orden que en derecho le corresponda y, consecuentemente, excluir de la misma a Dña. María Ainhoa Saavedra Domínguez, que quedará en la relación de aspirantes aprobados sin plaza, en el orden que en derecho le corresponda y con los efectos administrativos a que haya lugar.

Tercero.- Promover la inclusión de Dña. Carmen Toledano Berni en la Orden de 27 de octubre de 2015, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 11 de mayo de 2015 (BOC nº 214, de 4.11.15)".

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE nº 53, de 2.3.07), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, especialmente en su artículo 27 en el que se establece la confección de las listas de aspirantes seleccionados en las fases de oposición y concurso.

Segundo.- La Orden de 11 de mayo de 2015 (BOC nº 91, de 14.5.15), por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, que establece en su base 12.1 que:

"Por Resolución de la Dirección General de Personal, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, se aprobarán las listas únicas de seleccionados por especialidades.

Contra esta Resolución cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de Personal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse".

Tercero.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236 de 2.10.15), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que le sea de aplicación.

Visto el artículo 12 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias aprobado por Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19.10.16), el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), el Decreto 306/2015, de 30 de julio, de nombramiento del Director General de Personal de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 149, de 3.8.15) y el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16.9.91),

RESUELVO:

Primero.- Modificar el anexo en la especialidad de Educación Infantil de la Resolución de 1 de septiembre de 2015, que aprobó las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 11 de mayo de 2015, en el sentido de incluir a doña Carmen Toledano Berni, con DNI nº 30968431N, en la lista de seleccionados de la especialidad de Educación Infantil, con una puntuación global ponderada de 7,8004 puntos, correspondiéndole el número de orden 50, entre las aspirantes doña Jaquelíne Suárez Hernández y doña María Magdalena Lorenzo Hernández y, consecuentemente excluir de la misma a doña María Ainhoa Saavedra Domínguez, con DNI nº 78484472P, que quedará en la relación de aspirantes aprobados sin plaza, en el orden que en derecho le corresponda y con los efectos administrativos a que haya lugar.

Segundo.- De acuerdo con la base 11.7 de la Orden de 11 de mayo de 2015, que convocó procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, doña Carmen Toledano Berni deberá presentar en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución la siguiente documentación:

a) Original o fotocopia compulsada del título exigido para ingreso en el cuerpo correspondiente, o bien del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición, o certificación académica en la que conste el abono de los derechos de titulación. Cualquiera de los dos documentos deben estar expedidos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni de hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor. Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar la tarjeta de residencia en vigor.

Tercero.- Elevar propuesta a la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades de nombramiento de funcionaria en prácticas de doña Carmen Toledano Berni.

Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Director General de Personal, o directamente recurso contencioso-administrativo ante Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de abril de 2017.- El Director General de Personal, David Pérez-Dionis Chinea.

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