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BOC-A-2017-076-1902.
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D./Dña. Wenceslao Enrique Olea Ballesteros, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 30 de marzo de 2016.
Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Mariana Isabel Hernández García, Jueza de San Bartolomé de Tirajana los presentes autos de Juicio Verbal (250.2), nº 0000628/2015 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Matilde Schwartz Martínez, dirigido por el Letrado Dña. Carlota Cabrera Schwartz y representado por el Procurador Dña. Dolores Isabel Herrera Artiles y de otra, como demandada D./Dña. ASC Ferenc y Gabriela Acsne Deli, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por Dña. Dolores Isabel Herrera Artiles, en nombre y representación de Dña. Matilde Schwartz Martínez, frente a D./Dña. ASC Ferenc y Gabriela Acsne Deli, condeno a dicho demandado a que satisfaga a la actora la suma de 2.250 euros, más los intereses, gastos y costas del procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.
Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. ASC Ferenc y Gabriela Acsne Deli, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 1 de septiembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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