Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 82. Viernes 28 de Abril de 2017 - 2077

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. ANUNCIOS - Cabildo Insular de Gran Canaria

2077 ANUNCIO de 20 de abril de 2017, por el que se hace público el Decreto CPH 88/2017, de 4 de abril, que dispone la apertura del trámite de información pública del expediente BIC 22/2001 "El Atlante" para su declaración como Bien de Interés Cultural.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 185.30 Kb.
BOC-A-2017-082-2077. Firma electrónica - Descargar

"En uso de las facultades que me confiere la vigente Ley de Bases del Régimen Local y disposiciones complementarias que la desarrollan; Visto el Decreto nº 37/15, de fecha 23 de junio de 2015, sobre delegación de competencias del Excmo. Sr. Presiente de esta Corporación Insular en los Consejeros titulares de cada una de las Consejerías de Gobierno o de Área.

Vista la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, y demás normativa concordante y aplicable en esta materia, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 20 de septiembre de 2001, se registra de entrada en esta Corporación, solicitud presentada por Dña. Ana María Moreno Mederos y Dña. Rosa María Hernández Demetrio, solicitando la incoación de procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, a favor de "El Atlante", con la categoría de monumento. A dicha petición de incoación, se agrega el escrito presentado, por D. Francisco Travieso Guerra, en calidad de Presidente de la Asociación de Vecinos de Guanarteme y Chile "La Barriada" el 29 de julio de 2002.

Segundo.- Con la finalidad de valorar la posible incoación de procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural a favor de "El Atlante", desde el Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico se procede a solicitar la colaboración del Centro Atlántico de Arte Moderno (en adelante CAAM) y de D. Francisco Domingo González Guerra, en calidad de Doctor en Historia del Arte por la Universidad de Barcelona, para que un especialista en la materia, emita informe indicando si la referida escultura ostenta, o no, notorios valores históricos, arquitectónicos y artísticos, o constituyan testimonios singulares de la cultura canaria.

En este sentido, Dña. Cristina R. Court, en calidad de Responsable del Laboratorio de Investigación CAAM, emite informe en el que hace constar que "El Atlante" representa un icono atlántico del destino de la propia ciudad de Las Palmas de Gran Canaria y considera que ostenta un notorio y alto valor artístico, cultural, histórico y etnológico, como testimonio singular de la cultura canaria, para ser declarado Bien de Interés Cultural. A dicha consideración, se suma el informe-memoria emitido el 6 de julio de 2016 por D. Francisco Domingo González Guerra, en sentido favorable a la declaración de la escultura "El Atlante" como bien inmueble, en la categoría de Monumento de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

Tercero.- Valorada toda la documentación que obra en el expediente, con fecha 14 de julio de 2016, el técnico del Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico, emite informe para hacer constar que la escultura "El Atlante", situada en el Rincón, junto a la GC-2, en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, del fallecido autor Tony Gallardo, cumple con lo establecido en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, en concreto con el artículo 18.1.a), para ser incoada como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, por lo que informa de manera favorable.

Cuarto.- Con fecha 20 de julio de 2016, el Sr. Consejero de Gobierno de Cultura, dicta el Decreto CPH 140/2016, por el que dispone incoar procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, a favor del bien denominado "El Atlante", situado en el Rincón, junto a la GC-2, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, así como fijar la delimitación provisional de su entorno de protección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.3.d) de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, dispone que es competencia de los Cabildos Insulares incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes.

Segundo.- El artículo 21.1 de la citada ley, dispone que el procedimiento de declaración se establecerá reglamentariamente y que, en todo caso, la tramitación incluirá la audiencia a los interesados y se someterá a información pública.

Tercero.- El artículo 10 del Decreto 111/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Procedimiento de Declaración y Régimen Jurídico de los Bienes de Interés Cultural, dispone que "en todo caso, se abrirá simultáneamente al trámite de audiencia, un período de información pública por un plazo de veinte (20) días, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- El artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

D I S P O N G O:

Primero.- Abrir un período de información pública, durante un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias a fin de que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinar el expediente BIC 22/2001 "El Atlante", incoado para la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de monumento, así como presentar las alegaciones que estimaren procedentes a cuyo fin dicho expediente se pondrá de manifiesto en las oficinas del Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico del Excmo. Cabildo de Gran Canaria, sitas en calle Bravo Murillo, 23, entrada calle Pérez Galdós, 4ª planta, en Las Palmas de Gran Canaria, donde será atendido, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas.

Segundo.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, en la fecha arriba indicada, de todo lo cual como Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular, y en ejecución de lo previsto en la Disposición adicional octava d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, doy fe."

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de abril de 2017.- El Presidente, p.d. (Decreto nº 37, de 23.6.15), el Consejero de Gobierno de Cultura, Carlos Matías Ruiz Moreno.

© Gobierno de Canarias