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BOC-A-2017-103-2636.
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Según el artº. cuatro.1 de las Normas de organización y funcionamiento de la citada Comisión, aprobadas por el Pleno del Consejo el 26 de noviembre de 2015, la citada Comisión es el órgano colegiado de carácter técnico para el establecimiento de los valores primarios y secundarios de los documentos con el fin de establecer su eliminación y/o conservación, y valorar individualmente las series documentales, correspondiéndole «aprobar las tablas de valoración documental».
El 15 de marzo de 2017, se reúne la Comisión de Valoración Documental y de Archivos del Consejo Consultivo de Canarias a los efectos de aprobar las tablas de valoración documental de las siguientes series documentales comunes:
Código 37: Expedientes de indemnización de ex altos cargos.
Código 38: Propuesta de elaboración del anteproyecto de presupuestos del Consejo Consultivo de Canarias.
Código 40: Expedientes de elaboración y modificación de la relación de puestos de trabajo del Consejo Consultivo de Canarias.
Código 41: Expedientes de selección de personal funcionario.
Código 42: Expedientes de selección y contratación de personal laboral fijo.
Código 43: Expedientes de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario.
Código 66: Expediente de contratación de obra menor.
Código 67: Expediente de contratación menor de servicios.
Código 68: Expediente de contratación menor de suministros.
Teniendo en cuenta que la eliminación de los documentos que integran cada serie documental puede condicionar la efectividad del derecho de acceso a la información pública regulado en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, la Comisión acuerda que antes de su aprobación las tablas propuestas se sometan a información pública de conformidad con lo dispuesto en el artº. 83.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tal efecto, el artº. cuatro.3 de las citadas normas dispone la realización del citado trámite informativo mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias del acuerdo pertinente a fin de que durante 20 días, a contar del siguiente de la publicación del correspondiente acuerdo, los interesados puedan alegar lo que consideren conveniente.
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas a esta Comisión, se han adoptado por unanimidad los siguientes
ACUERDOS
Primero.- Se toma razón de las citadas tablas y se acuerda someter a información pública, por un periodo de veinte días contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del pertinente anuncio, las propuestas de tablas de valoración documental correspondientes a las series documentales comunes de expedientes de los que se da cuenta en la parte explicativa del presente acuerdo.
Segundo.- Disponer que a los antedichos efectos las citadas propuestas de tablas de valoración documental estarán a disposición de los interesados, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas, en la sede del Consejo Consultivo de Canarias, calle San Agustín, 16, La Laguna.
Tercero.- Asimismo, las tablas podrán consultarse en la siguiente dirección de internet:
https:transparencia.consultivodecanarias.org/informacion-institucional/estructura-administrativa/
La información objeto de consulta se encuentra en el apartado «Comisión de Valoración Documental de Archivos» perteneciente a «Órganos administrativos colegiados».
Cuarto.- En el plazo conferido en el apartado primero, se podrán presentar en formato papel las alegaciones, observaciones y sugerencias que se estimen pertinentes en la sede de este Consejo y por los medios dispuestos en el artº. 16.4 de la Ley 39/2015.
La Laguna, a 15 de marzo de 2017.- El Secretario de la Comisión, Jorge L. Méndez Lima.- Vº.Bº., el Presidente, Luis Fajardo Spínola.
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