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BOC-A-2017-122-3096.
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Con fecha 21 de abril de 2017, se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 77, la Orden nº 167/2017, de 30 de marzo de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2017-2019.
Advertidos errores materiales en el anexo de la citada Orden, y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a propuesta de la Secretaría General Técnica, se aprecia la necesidad de proceder a su rectificación en el sentido siguiente:
En el apartado 1 del anexo de la Orden de la Consejería de Sanidad por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2017-2019:
1.- SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA 311A "DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS GENERALES".
- Subvenciones a asociaciones de enfermos y familiares.
- Subvención: Asociación para la liberación de la Anorexia y Bulimia en Tenerife. Proyecto "Equipo de profesionales para el Centro de Día ALABENTE".
Donde dice:
"Plazo necesario para su ejecución: la actividad subvencionada deberá realizarse entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de cada año".
Debe decir:
"Plazo necesario para su ejecución: la subvención tiene carácter anual, por lo que la actividad subvencionada deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año".
- Subvención: Asociaciones de enfermos y familiares.
Donde dice:
"Plazo necesario para su ejecución: la actividad subvencionada deberá realizarse entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de cada año".
Debe decir:
"Plazo necesario para su ejecución: la subvención tiene carácter anual, por lo que la actividad subvencionada deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año".
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de junio de 2017.
EL CONSEJERO
DE SANIDAD,
José Manuel Baltar Trabazo.
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