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BOC Nº 129. Jueves 6 de Julio de 2017 - 3301

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

3301 EDICTO de 9 de junio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000081/2016.

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BOC-A-2017-129-3301. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. David Carralero Núñez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 2017.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Juicio verbal (250.2), nº 0000081/2016 seguido entre partes, de una como demandante BMW Bank GMBH, dirigido por el Letrado D. Rubén Pastor Villarrubia y representado por el Procurador D. Javier Hernández Berrocal y de otra como demandada Europea Técnica Piscinas, S.L., sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Javier Hernández Berrocal en nombre de BMW Bank GMBH Sucursal en España, debo condenar y condeno a la demandada Europea Técnica Piscinas, S.L. que abone a la actora la cantidad de 3.296,86 euros, más la cantidad correspondiente a los intereses de mora pactados en contrato desde que se cerró la cuenta el 24 de noviembre de 2015 hasta el total y efectivo pago de las cantidades más las costas.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artº. 455 LECn).

El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artº. 458 LECn).

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la D./Dña. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 2017.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Europea Técnica Piscinas, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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