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BOC Nº 130. Viernes 7 de Julio de 2017 - 3313

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

3313 ORDEN de 27 de junio de 2017, por la que se declara desierto el procedimiento de provisión por libre designación del puesto de trabajo nº 10297110 Jefe/Jefa de Servicio de Régimen Jurídico.

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BOC-A-2017-130-3313. Firma electrónica - Descargar

Visto el informe de la Secretaria del Instituto Canario de la Vivienda de 22 de junio, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 3 de abril de 2017 (BOC nº 73, de 17 de abril), se convocó para la provisión, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo nº 10297110 Jefe/Jefa de Servicio de Régimen Jurídico, adscrito al Instituto Canario de la Vivienda.

Con fecha 26 de mayo la Dirección General de la Función Pública informó que, "transcurrido el plazo previsto en la referida convocatoria para la presentación de solicitudes, no consta la presentación de solicitudes relativas a las mismas".

De conformidad con el apartado séptimo de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 3 de abril de 2017, se dispone que se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ningún personal funcionario o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos establecidos en la misma.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

De acuerdo con el artículo 29.1.c) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y teniendo en cuenta el artículo 21.1 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Declarar desierto el procedimiento de provisión mediante libre designación del puesto de trabajo nº 10297110 Jefe/Jefa de Servicio de Régimen Jurídico, adscrito al Instituto Canario de la Vivienda, convocado por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 3 de abril de 2017 (BOC nº 73, de 17 de abril), al no haberse presentado ninguna solicitud de participación al término del plazo legalmente previsto para ello.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que proceda.

Asimismo, se podrá interponer en vía administrativa, el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de junio de 2017.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Cristina Valido García.

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