Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 130. Viernes 7 de Julio de 2017 - 3320

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

3320 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 29 de junio de 2017, por la que se requiere documentación a los interesados de las subvenciones, para el ejercicio 2017, destinadas a apoyar a las asociaciones profesionales agrarias de Canarias sin ánimo de lucro.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 419.67 Kb.
BOC-A-2017-130-3320. Firma electrónica - Descargar

Examinados los expedientes de referencia y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas de 2 de mayo de 2017 (publicado extracto en BOC nº 92, de 15.5.17), se convocan para el ejercicio de 2017, las subvenciones destinadas a apoyar a las asociaciones profesionales agrarias de Canarias sin ánimo de lucro previstas en las bases reguladoras aprobadas por Orden de 23 de julio de 2010 (BOC nº 148, de 29.7.10).

Segundo.- Posteriormente, examinadas las solicitudes se constata que algunas de las mismas no se acompañan de la documentación preceptiva prevista en el Anexo I de la Orden de convocatoria, y en el artículo 3, apartado 2, de las bases reguladoras, siendo necesario requerir a los interesados a fin de que subsanen o completen los documentos o datos que deban presentarse.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 9, apartado 1, de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a apoyar a las Asociaciones Profesionales Agrarias de Canarias sin ánimo de lucro, establece que corresponde al centro directivo competente en materia de asociacionismo agrario la instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas.

Segundo.- Conforme al Decreto 40/2012, de 17 de mayo, por el que aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 103, de 25.5.12), artículo 5 del Título II, Capítulo I, Sección 1ª es competencia de la Vicenconsejería de Sector Primario, entre otras, las entidades asociativas agrarias.

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el citado artículo 9 de las bases reguladoras, el centro directivo competente en materia de asociacionismo agrario llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la Propuesta de Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 36/2007, de 31 de marzo. Examinará si reúne los requisitos exigidos y si se acompaña a la misma de la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario al interesado para que, en el plazo de diez (10) días, subsane y complete los documentos y datos que deben presentarse, advirtiéndole de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición.

De conformidad con lo anteriormente expuesto y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Requerir a los interesados relacionados en el Anexo I de esta Resolución para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen o completen los documentos o datos que se detallan en el mencionado anexo, conforme a la codificación contemplada en el Anexo II, con la advertencia de que si así no lo hicieren y de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que se dicte en los términos del artículo 21 de la citada Ley.

Segundo.- Que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de junio de 2017.- El Viceconsejero de Sector Primario, Abel Morales Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 19266-19266 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias