Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 131. Lunes 10 de Julio de 2017 - 3352

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

3352 ORDEN de 30 de junio de 2017, por la que se convocan los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, en su XXVI Edición.

4 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 267.69 Kb.
BOC-A-2017-131-3352. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta formulada por la Secretaria General Técnica, y teniendo en cuenta que,

Los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios han sido instituidos con el fin de promover la labor de las personas y entidades que dedican su esfuerzo al estudio y la divulgación de trabajos de contenido agrario, pesquero y alimentario; incentivar los estudios de experimentación e investigación, el fomento del desarrollo tecnológico y la competitividad; mantener un proceso continuo de innovación, investigación, experimentación para las actividades de transferencias de tecnología al sistema productivo, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la calidad, así como reconocer la labor y el quehacer realizado por cuantos contribuyen al desarrollo de actividades, que abarcan las áreas de competencia de la Consejería y homenajear también a la mujer rural canaria.

Tal y como se reconoce en el Preámbulo del Decreto 63/2010, de 3 de junio, que modifica el Decreto 86/2006, de 27 de junio (BOC nº 130 de 6.7.06), por el que se instituyen los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, la situación de las mujeres rurales ha cambiado en los últimos años, gracias al protagonismo que han adquirido por sí mismas, realizando un gran esfuerzo que debe ser reconocido. Nadie como ellas conocen las necesidades que se plantean en su medio y es preciso que se vean implicadas en el diseño, planificación, gestión y puesta en marcha de programas de desarrollo rural, así como de otras áreas vinculadas al mismo. Es innegable el papel que desempeñan y han desempeñado y es necesario que la sociedad reconozca los valores de las mujeres del sector.

Por ello, y a pesar de que desde el año 2011 no se ha procedido a convocar una edición de estos Premios, desde esta Consejería se entiende que ha llegado el momento de promover una convocatoria con la finalidad exclusiva de alcanzar uno de los objetivos prioritarios del departamento: visibilizar el importante papel que tienen las mujeres en la actividad del sector primario.

De esta forma se podrá impulsar y fortalecer la transversalidad del enfoque de género en las políticas de desarrollo rural y pesquero, y sensibilizar a la población en general y al personal técnico y político relacionado con la materia sobre la importancia de la igualdad de género para el logro de la sostenibilidad social y el futuro del medio rural y pesquero.

Como acción transversal que favorezca esta visibilización se considera adecuada y efectiva la convocatoria de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, vinculándolos en exclusiva a las mujeres del sector primario de las islas, y convocando por ello, los siguientes, dentro de los premios sin contenido económico:

* Premio a la Mujer Rural Canaria, empresaria, que haya destacado en su actividad y sea única titular de la explotación agraria.

* Distinciones Honoríficas a mujeres del sector que, en el transcurso de su trayectoria profesional, de forma continuada y relevante, hayan realizado actuaciones en beneficio del sector agrario, pesquero y alimentario, en el ámbito de Canarias.

La Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, establece en su artículo 59.2 que "Los poderes públicos de Canarias desarrollarán acciones dirigidas a eliminar la discriminación de las mujeres del medio rural y favorecer su incorporación al ámbito laboral, a la formación y a las nuevas tecnologías, así como su plena participación en la vida pública. Así mismo, garantizarán el ejercicio del derecho de la titularidad compartida".

Al amparo del artículo 3 del Decreto 86/2006, de 27 de junio, por el que se instituyen los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios, la convocatoria se efectuará por Orden de la persona titular del Departamento de la Administración Pública de Canarias competente en esta materia.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Objeto.

El objeto de esta Orden es la convocatoria de la XXVI Edición de los Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios correspondiente a la edición del año en curso.

Segundo.- Tipos de premios y modalidades.

a) Premio a la Mujer Rural Canaria, empresaria, que haya destacado en su actividad y sea única titular de la explotación agraria.

Para la concesión de este premio, el jurado valorará, especialmente, su actitud emprendedora y dinamizadora, así como su trayectoria profesional.

b) Distinción Honorífica a mujeres del sector primario que, en el transcurso de su trayectoria profesional, de forma continuada y relevante, hayan realizado actuaciones en beneficio del sector agrario, pesquero y alimentario en el ámbito de Canarias.

Las Distinciones Honoríficas, al igual que el Premio a la Mujer Rural Canaria, se otorgarán previa propuesta de entidades, asociaciones o colectivos cuya actividad quede relacionada con los sectores citados.

Tercero.- Propuestas de candidaturas.

1. La presentación de candidaturas deberá realizarse ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por un tercero, mediante una propuesta, y con la documentación que se cita en el siguiente apartado, pudiendo ser a iniciativa de algunas de estas entidades:

1. Universidades.

2. Centros de Investigación.

3. Administraciones Públicas.

4. Asociaciones, corporaciones profesionales, empresas o empresarios del sector.

2. No obstante lo anterior y con la finalidad de que no queden excluidas mujeres cuyos méritos concurran con los requisitos exigidos para las modalidades que se convocan, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas podrá proponer sus propias candidaturas.

Cuarto.- Presentación de candidaturas y documentación.

1. Las candidaturas se presentarán ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, dentro del plazo establecido al efecto, conforme al modelo normalizado disponible en las direcciones relacionadas en el apartado 4 de este resuelvo, acompañado de la siguiente documentación:

a) Documento acreditativo de la representación con que actúa, solo en el supuesto de que lo haga en representación de otro.

b) Memoria, informe o cualquier otro documento suficientemente explicativo de las motivaciones y/o méritos que se consideren concurrentes en la persona propuesta, incluyendo asimismo los datos personales y profesionales de la candidata.

2. La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas podrá recabar de la persona o entidad proponente cualquier otro dato o documentación complementaria que considere necesaria para la verificación de los méritos alegados.

3. Si la propuesta no reúne los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo de diez (10) días, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su propuesta, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La candidatura, así como la documentación que preceptivamente deba acompañarla, se presentará por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, mediante el modelo que se publicará en la sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, a través de la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/cagpa/.

La presentación de forma telemática se tramitará a través de la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/cagpa/procedimientos_servicios/tramites.

Presencialmente, podrá presentarse la candidatura en las oficinas de registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, Avenida de José Manuel Guimerá, 10, planta 4ª, Edificio de Usos Múltiples II, 38071-Santa Cruz de Tenerife, o en la Avenida Alcalde José Ramírez Bethencourt, nº 22, 35003-Las Palmas de Gran Canaria; así como en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en las dependencias de los Cabildos Insulares, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio.

5. La participación en esta convocatoria significa la aceptación de las bases.

Quinto.- Plazo de presentación de las candidaturas.

El plazo de presentación de las candidaturas finalizará a los veinte (20) días hábiles contados a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- Jurados.

De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 86/2006, de 27 de junio, por el que se instituyen los "Premios Agrarios, Pesqueros y Alimentarios".

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, o potestativamente, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, con los efectos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 2017.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,

Narvay Quintero Castañeda.

© Gobierno de Canarias