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BOC Nº 132. Martes 11 de Julio de 2017 - 3391

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación y Universidades

3391 Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 30 de junio de 2017, que dispone la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santa Cruz de Tenerife del expediente administrativo relativo al Procedimiento abreviado nº 39/2017, y emplazamiento a los interesados.

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BOC-A-2017-132-3391. Firma electrónica - Descargar

Con fecha 7 de junio de 2017 ha tenido entrada (REU nº 126610) el oficio de 31 de mayo de 2017 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, dictado en el Procedimiento abreviado 39/2017, por el que se reclama el expediente administrativo, y se ordena el emplazamiento de los interesados en la forma y plazos de los artículos 48 y 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE nº 167, de 14 de julio de 1998).

ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- Por oficio del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, de 31 de mayo de 2017, se solicita la remisión de copia del expediente administrativo, en el Procedimiento abreviado 39/2017, interpuesto por D. Félix Alfonso Olmos y otros, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso potestativo de reposición formulado contra la Orden de fecha 5 de julio de 2016 sobre personal, y se proceda al emplazamiento a cuantos aparezcan como interesados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En virtud del artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE nº 167, de 14 de julio de 1998), el expediente se reclamará al órgano autor de la disposición o acto impugnado o a aquel al que se impute la inactividad o vía de hecho, y deberá ser remitido en el plazo improrrogable de veinte días, a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido. El expediente, original o copiado, se enviará completo, foliado y, en su caso, autentificado, acompañado de un índice, asimismo autentificado, y de los documentos que contenga, debiendo la Administración conservar siempre el original o una copia autentificada de los expedientes que envíe. Si el expediente fuera reclamado por diversos Juzgados o Tribunales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia que conserve.

Segundo.- De conformidad con el artículo 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común.

Tercero.- El artículo 38 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa dispone que la Administración comunicará al Tribunal, al remitirle el expediente administrativo, si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el presente capítulo.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), en su actual redacción, y en virtud de las competencias que me otorga el artículo 15 del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 203, de 19 de octubre), el Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 142, de 23 de julio), y con los anteriores hechos y fundamentos,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión del expediente completo, foliado y autentificado, acompañado de un índice, de los documentos que contenga, correspondiente a la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso potestativo de reposición formulado contra la Orden de fecha 5 de julio de 2016 sobre personal.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y emplazar a cuantos resulten interesados para que puedan comparecer y personarse en Autos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

De acuerdo con el artículo 112.1 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, contra el presente acto de trámite, que no incide directa ni indirectamente en el fondo del asunto, ni determina la imposibilidad de continuar el procedimiento, no podrá interponerse recurso alguno.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 2017.- La Directora General de Centros e Infraestructura Educativa, Ana Isabel Dorta Alonso.

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