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BOC Nº 136. Lunes 17 de Julio de 2017 - 3478

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife

3478 EDICTO de 24 de enero de 2012, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de divorcio contencioso nº 0000593/2011.

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BOC-A-2017-136-3478. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. José Ramón Vera Machín, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA N° 260/2011

En Arrecife, a 28 de noviembre de 2011.

Vistos los presentes autos de juicio nº 593/2011, por D. Juan José Cobo Plana, Magistrado-Juez, en Comisión de Servicio, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife, seguidos a instancia de Dña. Rdidiha Dalil Harnouni, representado/a por el Procurador D./Dña. José Ángel Rodríguez Gil y asistido/a del Letrado/a D./Dña. Vicente de León Gopar, contra D. Ahmedou Ould Saleh, sobre demanda de divorcio contencioso. Sin la intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de Dña. Rdidiha Dalil Harnouni, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio formado por Dña. Rdidiha Dalil Harnouni y D. Ahmedou Ould Saleh.

Una vez firme esta resolución, se comunicará de oficio al Registro Civil en que figure inscrito el matrimonio de los litigantes.

Esta resolución es susceptible de recurso de apelación.

«Artículo 458 LEC. Interposición del recurso.

1. El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella.

2. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Ahmedou Ould Saleh, expido y libro el presente en Arrecife, a 24 de enero de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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