Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 147. Martes 1 de Agosto de 2017 - 3783

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antiguo Mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna

3783 EDICTO de 22 de mayo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000811/2016.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 229.01 Kb.
BOC-A-2017-147-3783. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Jesús María Prieto Gutiérrez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 (Antiguo mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 19 de mayo de 2017.

Vistos por mi, Dña. Pilar Olmedo López Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Laguna, los presentes autos de juicio Ordinario seguidos bajo el nº 811/2016, promovidos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mercedes González de Chaves Pérez en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. bajo la dirección letrada de D. Bartolomé Egea Melián contra Dña. Guasimara Carrillo Medina y contra Samuel Pérez Hernández declarados en rebeldía.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Dña. Mercedes González de Chaves Pérez en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y condeno a Dña. Guasimara Carrillo Medina y a D. Samuel Pérez Hernández al pago 11.302,11 euros más los intereses de demora al tipo del remuneratorio pactado hasta completa devolución de la suma prestada, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, mediante escrito presentado en este Juzgado y que deberá ir suscrito por Letrado y Procurador, para ante la Audiencia Provincial de esta capital, lo pronuncio, mando y firmo, haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, según reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso deberá constituirse depósito por importe de 50,00 euros de Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en Banesto, debiendo acreditarlo de forma fehaciente.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Guacimara Carrillo Medina y Samuel Pérez Hernández, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 22 de mayo de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias