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BOC Nº 173. Jueves 7 de Septiembre de 2017 - 4342

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

4342 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 31 de agosto de 2017, por la que se anuncia la vacancia del puesto de trabajo de Tesorería del Ayuntamiento de Tuineje, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, sin distinción de categoría, a efectos de su provisión temporal.

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BOC-A-2017-173-4342. Firma electrónica - Descargar

I. ANTECEDENTES

1) En virtud de oficio nº 7.249, de 10 de agosto de 2017, recibido en esta Dirección General, a través de ORVE, en la fecha citada, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tuineje solicita informe a este Centro Directivo sobre la existencia de algún funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo de Tesorería, mediante nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación de funciones, a los efectos de solicitar un nombramiento accidental de funcionaria de la propia Corporación.

2) De conformidad con los datos que obran en el Registro integrado de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de trabajo de Tesorería está reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, sin distinción de categoría, y está vacante por inexistencia de titular definitivo.

Fue creado y clasificado por Resolución de esta Dirección General de 13 de julio de 2017 (BOC nº 141, de 24).

En atención a su reciente creación y clasificación, no ha sido ofertado aún para su provisión definitiva por concurso.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 92, bis, apartado 7, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por el apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312, de 30), que entró en vigor el día 31 de diciembre de 2013, dispone que las Comunidades Autónomas efectuarán, de acuerdo con la normativa establecida por la Administración del Estado, los nombramientos provisionales de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, así como las comisiones de servicios, acumulaciones, nombramientos de personal interino y de personal accidental.

El artículo 33 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 189, de 9 de agosto), dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.

El párrafo segundo del citado precepto, añadido por el artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 163, de 9 de julio), norma reglamentaria que continúa en vigor de acuerdo con la Disposición transitoria séptima, párrafo primero, de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, aclara, no obstante, que, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.

Segunda.- La finalidad de la presente publicación es, pues, la de comunicar la existencia del puesto vacante de Tesorería del Ayuntamiento de Tuineje, a los efectos de su provisión temporal mediante nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación de funciones, y tiene como destinatarios a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. Servirá para acreditar, en su caso, la inexistencia de funcionario interesado, como presupuesto para conferir el nombramiento accidental.

En el ejercicio de la competencia que atribuye a esta Dirección General el artículo 71.2, letras m) y n), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre (BOC nº 252, de 30), acerca de nombramientos accidentales a puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional,

R E S U E L V O:

Dar publicidad a la vacancia del puesto de trabajo de Tesorería del Ayuntamiento de Tuineje, a fin de que los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional que estén interesados en su provisión mediante nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación de funciones, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días, contado a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de agosto de 2017.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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