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BOC Nº 178. Jueves 14 de Septiembre de 2017 - 4404

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

4404 Secretaría General Técnica.- Resolución de 7 de septiembre de 2017, por la que se dispone la publicación de la Adenda primera de modificación del Acuerdo de Colaboración suscrito el 16 de marzo de 2017 (C_5_17), entre el Clúster Audiovisual de Canarias -CLAC- y la Sociedad Canaria de Promoción Económica, S.A. -PROEXCA- para el desarrollo de la promoción internacional del sector audiovisual de Canarias.

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BOC-A-2017-178-4404. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 13.1 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los Convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda primera de modificación del Acuerdo de Colaboración suscrito el 16 de marzo de 2017 (C_5_17), entre el Clúster Audiovisual de Canarias -CLAC- y la Sociedad Canaria de Promoción Económica, S.A. -PROEXCA- para el desarrollo de la promoción internacional del sector audiovisual de Canarias cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de septiembre de 2017.- El Secretario General Técnico, Francisco Javier Hurtado Rodríguez.

A N E X O

ADENDA PRIMERA DE MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 16 DE MARZO DE 2017 (C_5_17), ENTRE EL CLÚSTER AUDIOVISUAL DE CANARIAS -CLAC- Y LA SOCIEDAD CANARIA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, S.A. -PROEXCA- PARA EL DESARROLLO DE LA PROMOCIÓN INTERNACIONAL DEL SECTOR AUDIOVISUAL DE CANARIAS.

REUNIDOS

De una parte, D. José Ángel Alayón Dévora, con DNI nº 45708956K, en calidad de presidente apoderado de la Asociación Clúster Audiovisual de Canarias-CLAC, con CIF G76518026, y domicilio en calle Camino Viejo, 61, Tegueste, 38280-Santa Cruz de Tenerife.

Y de otra, D. Justo Artiles Sánchez, en calidad de Director-Gerente de la mercantil Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (en adelante, PROEXCA), con CIF A38282455 y domicilio en la calle Emilio Castelar, nº 4, 5ª planta, de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, según escritura de apoderamiento nº 1548 de fecha 27 de agosto de 2015 otorgada ante D. Francisco Javier Guerrero Arias.

EXPONEN

Primero.- Que PROEXCA apoya la promoción sectorial a través del Clúster Audiovisual de Canarias, cumpliendo con lo establecido en la "Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias 2014-2020" (RIS3), aprobada por el Consejo de Gobierno de Canarias, en sesión de 26 de diciembre de 2013, en la que se recoge que las agrupaciones empresariales innovadoras o clústeres son instrumentos importantes por su capacidad para promover la cooperación entre diferentes actores, y por su orientación hacia la generación de negocio y fomento de la competitividad, reconociendo al Clúster Audiovisual de Canarias como agrupación empresarial innovadora en Canarias y con esta finalidad se firma con fecha 16 de marzo entre ambas partes un Acuerdo de Colaboración (C_5_17) que define las líneas de apoyo al sector audiovisual a través del CALC para 2017.

Segundo.- Con fecha 10 de abril de 2017 se publica en el Boletín Oficial de Canarias la convocatoria plurianual de subvenciones dirigida a apoyar la realización de proyectos de obra audiovisual por parte de empresas que operan en Canarias, subvenciones para la producción, desarrollo y finalización de obra audiovisual canaria, con el fin de evitar su incompatibilidad con estas ayudas regionales a la producción audiovisual se realiza la presente Adenda.

Tercero.- Conforme a la situación expuesta, se procede a llevar a cabo una modificación del Acuerdo de Colaboración (C_5_17) de fecha 16 de marzo, suscrito entre CLAC y PROEXCA, para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Adenda, que se incorpora formando parte del Acuerdo de Colaboración principal, conforme a las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera.- Es objeto de la presente Adenda la modificación del cuadro presupuestario recogido en la estipulación tercera del Acuerdo de Colaboración suscrito entre las partes el 16 de marzo de 2017, que es sustituido por el siguiente:

Ver anexo en la página 26156 del documento Descargar

1. Supresión de la partida Adaptaciones de productos para su promoción en mercados exteriores a fin de evitar su incompatibilidad con las ayudas regionales a la producción audiovisual.

2. Modificación de la partida Acciones en mercados, festivales y foros de coproducción internacionales, que pasa a denominarse Misiones conjuntas a mercados, festivales y foros de coproducción internacionales.

Estas misiones sectoriales conjuntas son acciones transversales que ofrecen a las empresas interesadas en la internacionalización de sus productos y servicios audiovisuales la posibilidad de asistir junto a otras empresas regionales a una feria internacional de referencia, participando en un programa especialmente diseñado en atención a las necesidades del empresariado canario que comprende formación inicial ad hoc para la preparación de cada feria internacional, apoyo en la confección de agendas, asesoramiento personalizado y, dependiendo del evento, acompañamiento al mismo. Cada misión contará con un mínimo de cuatro participantes.

Esta partida incluye gastos de gestión, inscripción, envíos, acreditaciones, alojamientos, desplazamientos, proyecciones, promoción, asesoría y formación ad hoc y otros directamente relacionados con la ejecución de la misión sectorial.

3. Incorporación de una nueva acción: Misión inversa sectorial: programa de conferencias y encuentros audiovisuales.

Esta acción comprende el desarrollo de unas jornadas de conferencias y encuentros audiovisuales con profesionales de referencia de la producción y distribución de cine y televisión del panorama nacional e internacional. Su finalidad es la de facilitar a las empresas audiovisuales canarias el contacto con los principales agentes de la industria española e internacional, a fin de contribuir a la profesionalización del sector regional, afianzar sus aptitudes para la internacionalización de sus productos y servicios, reforzar sus vínculos comerciales y posicionar nuestra región como referente de la producción audiovisual. El programa recogerá un ciclo de conferencias junto con encuentros profesionales con los invitados.

Esta partida incluye gastos de traslados, alojamientos, alquileres de espacios y equipamiento, traducciones, coordinación y gestión, promoción y difusión, y otros directamente relacionados con la ejecución del programa.

Segunda.- La inclusión como estipulación décima del mencionado Acuerdo de 16 de marzo de este punto: indicadores de resultados. Por el cual el CLAC entregará junto a la documentación justificativa, recogida en la estipulación sexta de este Acuerdo, una memoria en la que se relacionen el número y características de los acuerdos suscritos, los contratos, las ventas y la evolución del volumen de negocios que se alcance, además de cualquier otro tipo de beneficio o posicionamiento de sus servicios/productos obtenidos con el apoyo al sector mediante este plan sectorial.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado, y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados.- En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2017.- Justo Artiles Sánchez, Director Gerente-PROEXCA.- José Ángel Alayón Dévora, Presidente Apoderado-Asociación Clúster Audiovisual de Canarias.

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