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BOC Nº 192. Miércoles 4 de Octubre de 2017 - 4690

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde

4690 EDICTO de 23 de mayo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000146/2014.

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D./Dña. María del Carmen García Corgo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Telde, a 2 de diciembre de 2016.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Armando José García Castellano, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Telde los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000146/2014 seguido entre partes, de una como demandante Dña. María Victoria Cabello Perera y la mercantil Aluminios y Accesorios Sialca, S.L., dirigidos por el Letrado D. Francesc Sabaté Vidal, y representados por el Procurador Dña. María Sandra Cárdenes Hormiga; y de otra como demandados: D. José Cruz López, Dña. Cecilia Rodríguez López, D. Modesto Monasterio Hernández Ramírez, Dña. Carmen Hernández Ramírez, D. Juan Hernández Ramírez y D. Alberto Hernández Ramírez, sobre juicio declarativo de dominio.

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Cárdenes Hormiga en nombre y representación de Dña. María Victoria Cabello Perera y la mercantil Aluminios y Accesorios Sialca, S.L.; contra los demandados D. José Cruz López; Dña. Cecilia Rodríguez López; D. Modesto Monasterio Hernández Ramírez; Dña. Carmen Hernández Ramírez; D. Juan Hernández Ramírez y D. Alberto Hernández Ramírez, debo:

1º.- Declarar y declaro que Dña. María Victoria Cabello adquirió mediante escritura pública de compraventa de fecha 19 de diciembre de 1995, la siguiente finca:

"Rústica.- Parcela de Arrifes, situada en donde dice "Cruz de la Gallina", del término municipal de Telde. Tiene una superficie de 28 áreas, equivalente a 2.800 metros cuadrados, y linda: al Norte, en parte, con Carretera C-812 que conduce de Jinámar a Telde, y en parte, con el terreno descrito anteriormente, (se refiere a la registra número 17.188, Folio 71, Tomo 584, Libro 280 de Telde, hoy la registral 17 .188.O/BIS) al Sur, en parte, con la propia finca descrita anteriormente, y en parte con otro terreno propiedad de doña María Victoria Cabello Perera; al Naciente con terrenos de D. Juan Sánchez; y al Poniente, con la propia finca descrita anteriormente.

Declarando que la misma proviene por segregación de la finca registral inscrita a favor de D. José Cruz López, al folio 227 del tomo 126, libro 56 del Ayuntamiento de esta ciudad, inscripción octava de la finca 2.340.

2º.- Declarar que Dña. María Victoria Cabello realizó a su vez dos segregaciones de la finca adquirida en favor de Aluminios y Accesorios Sialca, S.L. mediante escrituras públicas de fecha 27 de noviembre de 2001, y 23 de abril de 2004.

3º.- Como consecuencia de lo anterior, procede declarar las siguientes titularidades del resto de finca matriz y fincas segregadas de la misma, y sus respectivas obras nuevas. Así pues, debo:

A) Declarar que Dña. María Victoria Cabello Perera es propietaria de la siguiente finca:

"Pacela de Arrifes situada donde dice "Cruz de La Gallina", hoy enclavada en la denominada Urbanización Industrial Cruz de La Gallina, punto kilométricos 10.700-10.820 de la Carretera General del Estado C-812, que conduce de Jinámar a Telde, término municipal de la Ciudad de Telde.

Tiene una superficie, según título, de veintiocho áreas, igual a dos mil ochocientos metros cuadrados, si bien hoy, después de dos segregaciones efectuadas en la misma, su cabida actual es de mil ciento sesenta metros cuadrados.

Linda: al Norte, con Carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde; al Sur, con terreno propiedad de Dña. María Victoria Cabello Perera, hoy propiedad de Cristalería Cruz y Desguace Feliz; al Naciente con terrenos de D. Francisco Sánchez (Pavicasa, S.A.), y al Poniente, con parcela segregada de esta finca y vendida a Aluminios y Accesorios Sialca Sociedad Limitada."

Y de la obra nueva realizada sobre la misma que se describe a continuación:

"Nave industrial de una sola planta, situada donde dicen "Cruz de La Gallina", hoy enclavada en la denominada "Urbanización Industrial Cruz de La Gallina", puntos kilométricos 10.700-10.820 de la carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde, del término municipal de la Ciudad de Telde, en esta Isla de Gran Canaria.

El Solar donde se asienta ocupa una superficie de mil ciento sesenta metros cuadrados, de los que seiscientos setenta metros cuadrados se hallan ocupados por la edificación, y el resto, o sea, cuatrocientos noventa metros cuadrados se destinan a zona de servicios y aparcamientos.

La superficie total construida de la edificación es de seiscientos setenta metros cuadrados. Consta de salón diáfano, dos aseos y zona de oficinas.

Linda, el todo: al Norte, con Carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde; al Sur, con terreno propiedad de Dña. María Victoria Cabello Perera, hoy propiedades de Cristalería Cruz y Desguaces Félix; al Naciente, con terrenos de D. Francisco Sánchez (Pavicasa, S.A.); y al Poniente, con parcela segregada de esta finca y vendida a Aluminios y Accesorios Sialca, Sociedad Limitada."

B) Declarar que la entidad mercantil Aluminios y Accesorios Sialca, Sociedad Limitada es propietaria de la siguiente finca:

"Pacela de Arrifes situada donde dice "Cruz de La Gallina", hoy enclavada en la denominada Urbanización Industrial Cruz de La Gallina, punto kilométrico 10.700-10.820 de la Carretera General del Estado C-812, que conduce de Jinámar a Telde, término municipal de la Ciudad de Telde.

Ocupa una superficie de novecientos noventa metros cuadrados.

Linda: al Norte, con Carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde; al Sur, con terreno de la entidad mercantil Ceres Agrícola Las Palmas, S.L., hoy en parte con propiedad de Desguace Feliz, en parte con Aluminios Palesan, y en parte con D. Santiago Castellano Pérez; al Naciente con esto de la finca matriz de donde procede propiedad de Dña. María Victoria Cabello Perera; y al Poniente, con resto de la finca matriz de hoy propiedad de la misma mercantil Aluminios y Accesorios Sialca, S.L.

Título.- Compra previa segregación, adquirida por dicha mercantil de manos de la Sra. Cabello el día 27 de noviembre de 2001, en escritura otorgada ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria, don Juan Alfonso Cabello Cascajo, bajo el número 6.599.

Y de la obra nueva realizada sobre la misma, que se describe a continuación:

"Nave industrial de una sola planta, situada donde dicen "Cruz de La Gallina", hoy enclavada en la denominada "Urbanización Industrial Cruz de La Gallina", puntos kilométricos 10.700-10.820 de la carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde, del término municipal de la Ciudad de Telde, en esta Isla de Gran Canaria.

El Solar donde se asienta ocupa una superficie de novecientos noventa metros cuadrados, de los que ochocientos metros cuadrados se hallan ocupados por la edificación, y el resto, ciento noventa metros cuadrados se destinan a zona de servicios y aparcamientos.

La superficie total construida de la edificación es de ochocientos metros cuadrados.

Linda, el todo: al Norte, con Carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde; al Sur, con terreno de la entidad mercantil Ceres Agrícola Las Palmas, S.L., hoy en parte con propiedad de Desguace Feliz, en parte con Aluminios Palesan, y en parte con D. Santiago Castellano Pérez; al Naciente con esto de la finca matriz de donde procede propiedad de Dña. María Victoria Cabello Perera; y al Poniente, con resto de la finca matriz de hoy propiedad de la misma mercantil Aluminios y Accesorios Sialca, S.L.".

C) Declarar que la entidad mercantil Aluminios y Accesorios Sialca, Sociedad Limitada es propietaria de la siguiente finca:

"Pácela de Arrifes situada donde dice "Cruz de La Gallina", hoy enclavada en la denominada Urbanización Industrial Cruz de La Gallina, punto kilométricos 10.700-10.820 de la Carretera General del Estado C-812, que conduce de Jinámar a Telde, término municipal de la Ciudad de Telde.

Ocupa una superficie de seiscientos cincuenta metros cuadrados.

Linda: al Norte, con Carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde; al Sur, con zona de retranqueo dejado en la finca matriz, hoy en parte con propiedad de D. Santiago Castellano Pérez, y en parte con "Manteneauto"; al Naciente con resto de la finca matriz de donde esta procede, hoy parcela segregada de esta misma finca y vendida a Aluminios y Accesorios Sialca, S.L., y al poniente, con propiedad de la mercantil Ceres Agrícola Las Palmas, S.L."

Título.- Compra previa segregación adquirida por dicha mercantil de manos de la Sra. Cabello el día 23 de abril de 2004, en escritura otorgada ante el Notario de Las Palmas de Gran Canaria, don Juan Alfonso Cabello Cascajo, bajo el número 1.677.

Y de la obra nueva realizada sobre la misma, que se describe a continuación:

"Nave industrial de una sola planta, situada donde dicen "Cruz de La Gallina", hoy enclavada en la denominada "Urbanización Industrial Cruz de La Gallina", puntos kilométricos 10.700-10.820 de la carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde, del término municipal de la Ciudad de Telde, en esta Isla de Gran Canaria.

El Solar donde se asienta ocupa una superficie de seiscientos cincuenta metros cuadrados, de los que quinientos diez metros cuadrados se hallan ocupados por la edificación, y el resto, ciento cuarenta metros cuadrados se destinan a zona de servicios y aparcamientos.

La superficie total construida de la edificación es de quinientos diez metros cuadrados. Consta de salón diáfano y tres aseos.

Linda: al Norte, con Carretera General del Estado C-812 que conduce de Jinámar a Telde; al Sur, con zona de retranqueo dejado en la finca matriz, hoy en parte con propiedad de D. Santiago Castellano Pérez, y en parte con "Manteneauto"; al Naciente con resto de la finca matriz de donde esta procede, hoy parcela segregada de esta misma finca y vendida a Aluminios y Accesorios Sialca, S.L., y al poniente, con propiedad de la mercantil Ceres Agrícola Las Palmas, S.L.".

4º.- Ordenar la inscripción de las fincas descritas y sus respectivas obras nuevas, propiedad de los actores en el Registro de la Propiedad nº Uno de Telde, previa segregación de la finca matriz (inscripción octava de la finca registral 2.340, que obra al folio 227 del tomo 126, libro 56 del Ayuntamiento de Telde), reanudando el tracto sucesivo en el Registro de la Propiedad nº Uno de Telde, con cancelación de la inscripciones contradictorias.

5º.- Todo ello sin expresa condena en costas.

- Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

- Notifíquese la presente resolución a las partes conforme lo establecido en el artº. 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgado dentro del plazo de veinte días siguientes a la notificación, previa consignación en la cuenta de este juzgado del depósito referido en la Disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, según la modificación efectuada por la LO 1/2009, de 3 noviembre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado Juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia doy fe, en Telde, a 2 de diciembre de 2016.

Y para que sirva de notificación a los demandados en paradero desconocido D./Dña. Alberto Hernández Ramírez, José Cruz López y Cecilia Rodríguez López, expido y libro el presente en Telde, a 23 de mayo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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