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BOC Nº 194. Viernes 6 de Octubre de 2017 - 4735

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

4735 EDICTO de 22 de febrero de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000041/2010.

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BOC-A-2017-194-4735. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En Las Palmas, a 14 de diciembre de 2011.

SENTENCIA

Vistos por mí, Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado/Juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas, los presentes autos seguidos con el nº 41/10 a instancia de J. Parrilla, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Dña. Paloma Guijarro Rubio contra D. Pedro Carmona Garces y D. José Francisco Brito Brito, declarado en situación de rebeldía procesal, ejercitando acción de reclamación de cantidad y siendo

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta a instancia de J Parrilla, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Dña. Paloma Guijarro Rubio contra D. Pedro Carmona Garces y D. José Francisco Brito Brito y condeno a D. Pedro Carmona Garces y D. José Francisco Brito Brito que abonen solidariamente a la demandante la cantidad de 8.499,88 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de veinte días desde el día siguiente a su notificación.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Francisco Brito Brito, DNI 42.155.861-N, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de 2017.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.

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