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BOC Nº 196. Martes 10 de Octubre de 2017 - 4794

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V. ANUNCIOS - Cabildo Insular de Lanzarote

4794 ANUNCIO de 9 de septiembre de 2017, relativo a la aprobación definitva del Reglamento del Registro de Formadores del Cabildo Insular de Lanzarote.

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BOC-A-2017-196-4794. Firma electrónica - Descargar

El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote

HACE SABER:

Que transcurrido el período de exposición pública de la aprobación inicial del Reglamento del Registro de Formadores del Cabildo de Lanzarote (BOP nº 85, de lunes día 17 de julio de 2017), sin que se haya presentado reclamación o sugerencia alguna; en armonía con los artículos 49.b) y 70.2) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y con el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 7 de julio de 2017, se entiende aprobado definitivamente, insertándose a continuación el texto íntegro:

"REGLAMENTO DEL REGISTRO DE FORMADORES DEL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE.

CAPÍTULO 1

OBJETO Y FINALIDAD

Artículo 1.- Objeto.

1. La creación y actualización continua de un registro de formadores con la finalidad de disponer de una base de datos de colaboradores dispuestos a cooperar con el Cabildo Insular de Lanzarote en las tareas de formación del personal adscrito a la Corporación y sus entes asociados y dependientes del mismo.

2. Este registro contendrá los datos aportados por los interesados en su solicitud y los resultados de las evaluaciones obtenidas en las acciones formativas en las que participe.

3. La inclusión en el Registro no generará ninguna obligación contractual para el Cabildo Insular de Lanzarote, aunque permitirá concertar sus servicios cuando las necesidades de formación lo requieran.

Artículo 2.- Funciones.

Las inscripciones de los Formadores que se efectúan en el Registro desempeñarán las siguientes funciones:

1. Impartir los contenidos de la materia o acción formativa asignada.

2. Preparar y elaborar los materiales didácticos que requiera el curso, poniéndolos a disposición del Cabildo Insular de Lanzarote.

3. Proponer y establecer los casos y trabajos prácticos que se consideren necesarios.

4. Realizar las tareas académicas precisas para el desarrollo del curso, en colaboración con la Unidad de Formación del Servicio de RR.HH. del Cabildo Insular de Lanzarote.

5. Supervisar y realizar el seguimiento de los alumnos durante el desarrollo de la acción formativa.

6. Evaluar el aprendizaje de los alumnos al finalizar el curso.

7. Cumplimentar los cuestionarios de evaluación solicitado por el Cabildo Insular de Lanzarote.

Artículo 3.- Clasificación por áreas.

Cada uno de los formadores se inscribirá, según sus conocimientos, experiencia y especialización en una o varias áreas o materias formativas relacionadas en el Anexo I, no siendo este un listado cerrado, sino permanentemente abierto a su modificación.

Artículo 4.- Interesados.

A la inscripción como formador podrán optar las personas, funcionarios, laborales fijos e interinos, trabajadores del Cabildo de Lanzarote o de cualquier otra administración pública que posean titulación, experiencia, méritos profesionales y capacidad docente, en temas relacionados con la formación de empleados públicos de interés para el Cabildo Insular de Lanzarote, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Titulación.- En general, se exigirá la acreditación de titulación universitaria superior. La posesión de esta titulación podrá dispensarse para la impartición de cursos principalmente prácticos o específicos, siempre que se esté en posesión de otros títulos oficiales o se tenga una experiencia reconocida que acredite el conocimiento en la materia.

b) Otra titulación.- Estar en posesión del Título de "Formador de Formadores" o similar. La acreditación de esta titulación podrá dispensarse para la impartición de cursos principalmente prácticos o específicos, siempre que se esté en posesión de otros títulos oficiales o se posea una experiencia reconocida que acredite el conocimiento en la materia.

Artículo 5.- Presentación de solicitudes.

1. Los interesados pueden presentar sus solicitudes mediante el modelo de "Solicitud de inscripción al Registro de Formadores" (Anexo II) a través del Registro General del Cabildo Insular de Lanzarote, o de forma telemática a través de los medios indicados para ello.

2. El plazo para presentar las solicitudes permanecerá abierto permanentemente.

3. Una vez analizada la solicitud se inscribirá a los solicitantes en el Registro de Formadores y en las áreas indicadas en la solicitud.

Artículo 6.- Modificaciones y baja en el registro.

1. Los interesados podrán solicitar la actualización o modificación de los datos aportados por ellos mismos de igual forma y condiciones que las mencionadas en el artículo 5.

2. Los formadores causarán baja cuando así lo soliciten.

Artículo 7.- Obligaciones y derechos de los formadores.

1. Los formadores, ponentes o profesionales que impartan acciones formativas en el Cabildo Insular de Lanzarote, se comprometen a realizar las siguientes funciones:

a) Elaborar propuesta y el programa el curso o acción formativa, de acuerdo con las indicaciones del Cabildo Insular de Lanzarote.

b) Impartir los contenidos de la materia.

c) Preparar y elaborar los materiales didácticos.

d) Proponer y elaborar los casos prácticos y ejercicios de evaluación.

e) Efectuar la atención, seguimiento y evaluación de los alumnos.

2. Los formadores o ponentes y los cursos impartidos serán evaluados por los asistentes mediante cuestionario que será cumplimentado de forma anónima. Se podrá prescindir de esta evaluación en acciones de duración inferior a 15 horas.

3. Los formadores que impartan acciones formativas para el Cabildo Insular de Lanzarote tendrán derecho:

a) A emplear los métodos de enseñanza y aprendizaje que consideren más adecuados al nivel de desarrollo, aptitudes y capacidad de los alumnos y participantes.

b) A la autonomía personal dentro del aula y a la capacidad de tomar iniciativas respecto a los métodos de enseñanzas.

c) A recibir una certificación como formador de las acciones formativas realizadas.

d) A percibir la remuneración que corresponda según los criterios establecidos por el Cabildo Insular de Lanzarote.

Artículo 8.- Remuneración de los formadores.

La remuneración seguirá los criterios establecidos por el Cabildo Insular de Lanzarote. En las retribuciones del formador se entiende comprendidas no solo la impartición del curso, sino su programación, evaluación y elaboración del material didáctico que resulte necesario.

Todas las remuneraciones previstas en este artículo se expresan en importe bruto, estando sujetas a las retenciones que legalmente procedan.

BAREMOS:

Formación presencial.

La hora de docencia tendrá una remuneración tipo general de 70 euros/hora por la impartición de cursos, jornadas, talleres o seminarios de carácter presencial, fuera del horario laboral ordinario y de 40 euros por hora en horario laboral ordinario.

Excepcionalmente, cuando las peculiaridades didácticas de un curso impliquen la concurrencia de sesiones docentes impartidas de modo simultáneo por varios ponentes, podrá abonarse la cuantía que al efecto se puede negociar sin que supere en ningún caso la cuantía señalada en el párrafo anterior a cada uno de los ponentes.

Formación online.

Por tutarización de cursos en metodología online, la retribución sería de 35 euros por alumno. Cuando el curso sea tutorizado por varias personas la cuantía resultante de aplicar dicha tarifa se dividirá a partes iguales entre los tutores.

A N E X O I

ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DEL TRABAJO

Información y atención al ciudadano

Atención presencial, telefónica y telemática al ciudadano

La responsabilidad de los empleados públicos

Oficinas de Información Administrativa

Atención y tratamiento de quejas y reclamaciones

Técnicas de gestión de equipos de trabajo

Desarrollo de reuniones eficaces de trabajo

Protocolo

Negociación colectiva

Gestión de archivos administrativos

Organización del trabajo administrativo

Diseño y desarrollo de proyectos

Elaboración y redacción de informes

Apertura de expedientes: unificación de criterios

Ética del servicio público

Otras materias

ECONÓMICO-PRESUPUESTARIA

Presupuesto y gasto público

Tesorería, recaudación y contabilidad pública

Contratación pública y perspectiva comunitaria

Normativa y gestión de subvenciones

Hacienda pública

La función de intervención

Contabilidad pública

Otras materias

JURÍDICO Y ADMINISTRATIVA

Procedimiento administrativo

Procedimiento sancionador

La responsabilidad de las administraciones públicas

Técnica normativa

Legislación sobre protección de datos personales

Aspectos jurídicos-procedimientales sobre la firma electrónica

Aplicación de la legislación en la elaboración de informes, resoluciones ...

Otras materias

ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, INFORMÁTICA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

Informática básica, media y alta

Tratamiento de textos

Hoja de cálculo

Bases de datos

Presentaciones digitales

Gestión, creación de archivos y formularios PDF

Diseño, composición y maquetación de documentos

Sistema de videoconferencia y telepresencia

Aplicaciones estadísticas: estadística básica aplicada, utilización estadística con la hoja de cálculo, Utilización de SPSS

Diseño y mantenimiento de páginas web

Utilización de la Administración electrónica en la gestión administrativa local

Certificado electrónico: utilización y usos

Gestión de la factura electrónica

Regulación de la firma electrónica

Propiedad intelectual en el entorno digital

El archivo digital

Otras materias

IDIOMAS

Formación en inglés (básico y avanzado)

Aplicado a diferentes unidades administrativas

Formación en alemán (básico y avanzado)

Aplicado a diferentes unidades administrativas

Lenguaje de signos

Otras materias

RECURSOS HUMANOS

Actualización de la Normativa Laboral

Apoyo administrativo en la Gestión de Recursos Humanos

Cálculo de las prestaciones de la Seguridad Social

Control de situaciones conflictivas en el ámbito laboral

Estatuto básico del empleado público

Gestión de recusos humanos en las administraciones públicas

Retribuciones salariales

Reclutamiento y selección

Otras materias

SEGURIDAD Y SALUD

Prevención de riesgos laborales

Prevención y control del estrés

Hábitos saludables

Otras materias

MEJORA DE HABILIDADES

Comunicación efectiva y trabajo en equipo en la AAPP

Dirección y gestión de equipos de trabajo

Gestión eficaz del tiempo

Liderazgo y motivación

Técnicas de negociación

Desarrollo de reuniones eficaces de trabajo

Estrategias y habilidades de gestión directiva

Diseño y desarrollo de proyectos

Creatividad en la toma de decisiones y resolución de problemas

Presentaciones eficaces y habilidades de comunicación

Herramientas para la gestión de la calidad de los servicios

Simplificación y racionalización administrativa

Principios, valores y conductas éticas en al Función Pública

Otras materias

CRECIMIENTO PERSONAL

Inteligencia emocional

Autoestima y motivación

Comunicación verbal y no verbal

Comunicación efectiva

Satisfacción en el trabajo y calidad de vida laboral

Pensamiento eficaz

Control de la ansiedad y las emociones en la atención al público

Gestión de las críticas

Mind Fulness.

Otras materias

COLECTIVOS CONCRETOS

Secretaría de altos cargos

Protocolo para secretaría altos cargos

Mantenimiento de instalaciones y edificios

Actualización de conductores

Otras materias

OTRAS ÁREAS Y CONTENIDOS SECTORIALES

Hacienda

Economía

Empleo

Fomento

Agricultura y ganadería

Urbanismo

Sanidad

Servicios sociales

Educación

Cultura

Innovación Técnica informática

Otros contenidos

Ver anexo en la página 27969 del documento Descargar

Lo que se hace público para general conocimiento.

Arrecife, a 9 de septiembre de 2017.- El Presidente, Pedro Manuel San Ginés Gutiérrez.

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