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BOC Nº 205. Martes 24 de Octubre de 2017 - 4987

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Cristóbal de La Laguna

4987 EDICTO de 5 de octubre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000326/2017.

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BOC-A-2017-205-4987. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Pilar Jiménez Camacho, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a cinco de octubre de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, Dña. Raquel Díaz Díaz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Seis de San Cristóbal de La Laguna, los presentes autos de Divorcio nº 326/2017, promovidos a instancia de D. Miguel Alfonso Suárez Quevedo, representado por la Procuradora Dña. Gara García Hernández y asistido por el Letrado D. Marcos Antonio de Armas Pérez, contra Dña. Nancy Carolina González Castillo, dicto la presente en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda promovida por D. Miguel Alfonso Suárez Quevedo, representado por la Procuradora Dña. Gara García Hernández, contra Dña. Nancy Carolina González Castillo, por lo que debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio por ellos contraído, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No ha lugar a realizar expresa condena al pago de las costas procesales causadas en esta primera instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará unida a estas actuaciones, con inclusión de la literal en el Libro de Sentencias.

Firme que sea esta resolución, expídase el oportuno despacho para que se proceda a la inscripción marginal de la misma en la inscripción del matrimonio en el Registro Civil que corresponda.

Así por esta mi sentencia, la ordeno, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nancy Carolina González del Castillo, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 5 de octubre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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