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BOC Nº 212. Viernes 3 de Noviembre de 2017 - 5168

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V. ANUNCIOS - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

5168 Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 25 de octubre de 2017, de requerimiento de documentación relativa a la solicitud de subvención con cargo a los "Programas Experimentales en materia de Empleo", convocatoria 2017-2018.

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BOC-A-2017-212-5168. Firma electrónica - Descargar

Examinada la solicitud presentada por la Entidad CEAR, provista de CIF G28651529, mediante escrito de fecha 25 de agosto de 2017, registro de entrada general 1128861, con el fin de acogerse a las subvenciones para la puesta en práctica de un Programa Experimental en materia de Empleo, convocadas mediante Resolución nº 4812/2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo, de fecha 13 de julio de 2017 (extracto publicado en el BOC de 25.7.17), por medio de la presente se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, remita a este Centro administrativo, original o copia compulsada de la siguiente documentación:

* Relación de los recursos humanos de los que dispone o de los que se dotará el solicitante, especificando el número, la jornada laboral, el porcentaje de tiempo que se dedicarán al proyecto los pertenecientes a la Entidad, detallando el perfil (historial y capacidades) de estos e indicando las funciones que desarrollarán y la ubicación laboral que van a tener los mismos. Debe indicarse, en este caso, el tiempo de contrato de cada trabajador/a.

En el supuesto de requerirse la aportación de información o datos que formen parte del contenido de la Memoria-Proyecto, todas las páginas deberán venir inexcusablemente fechadas y firmadas por el representante de la Entidad.

* Valoración económica del coste total del proyecto, detallando los conceptos de gastos subvencionables y la estimación del mismo por la persona atendida e insertada, conforme a lo previsto en la convocatoria, así como la cofinanciación, en su caso, de la entidad solicitante.

El presupuesto debe presentarse en hoja separada e independiente de la memoria (ver resuelvo 5º, punto 4 de la convocatoria). Debe responder al modelo existente en la convocatoria. Deberá ser firmado y fechado por el representante de la Entidad.

El presupuesto debe contener las siguientes aspectos, desglosados por partidas:

a) Los costes salariales y de Seguridad Social del personal necesario para apoyo y/o formación de los demandantes de empleo, incluyendo el que presta servicios a la entidad beneficiaria, y aquellos otros que pudieran contratarse para tal fin, hasta un límite de 42.000 euros anuales por trabajador. En el primer caso se imputarán al programa las partes proporcionales del tiempo efectivamente dedicado al proyecto (el cual deberá señalarse).

b) Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal y de los demandantes que participan en el proyecto.

c) Gastos derivados de la contratación de medios externos dirigidos a la formación de los desempleados participantes en el proyecto, así como las pólizas de seguros para la formación técnica y prácticas ocupacionales de los mismos, en caso necesario.

d) Gastos de amortización de materiales y equipos técnicos necesarios para impartir la formación.

e) Gastos generales, materiales y técnicos, con el límite del 25% del coste total del proyecto. Estos gastos incluyen los siguientes:

* Gastos de ejecución de material técnico (guías, documentación para el participante ...) y de ejecución en material de oficina.

* Gastos generales necesarios para la ejecución de las acciones en la parte correspondiente a esa ejecución: arrendamientos (excluido leasing) de edificios, mobiliario, enseres y equipos de arrendamiento, mantenimiento (si no está incluido en el arrendamiento), suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción (si no está incluido en el arrendamiento), comunicaciones (correos, teléfono ...), limpieza, seguridad y vigilancia, seguros de responsabilidad civil y otros gastos de funcionamiento necesarios, cuando así se determine en el Convenio de Colaboración o el Servicio Canario de Empleo los considere justificados.

* Gasto de auditoría externa en caso que se quiera imputar el coste de la misma al proyecto. Se recuerda la obligatoriedad de justificar a través de informe de auditoría y que este gasto puede imputarse al proyecto. Respecto del precio de la auditoría, este deberá cumplir con los límites cuantitativos que, en relación al coste total del proyecto, quedan establecidos en la convocatoria.

* El importe de la cofinanciación (en su caso) deberá ser el resultante del cálculo que se obtenga de aplicar el porcentaje de cofinanciación al coste total del proyecto, de forma que la cantidad hallada, sumada a la subvención solicitada, deberá darnos siempre el coste total del proyecto.

Evidentemente, no todas las partidas son obligatorias, debiendo consignarse cantidades, solo en aquellas que la Entidad juzgue necesarias, en función de las características y objetivos de su Proyecto.

El importe de la subvención solicitada será inferior o igual al coste total del Proyecto (máximo 2.400 euros por desempleado objeto del programa).

Asimismo se le advierte que, de no presentar la documentación requerida en el plazo concedido, se procederá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a tenerle por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.

Dado el carácter y personalidad jurídica del interesado, se le recuerda la obligación de aportar la documentación requerida por vía electrónica, según lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con el 14 del mismo cuerpo legal.

Para cualquier aclaración al respecto de lo consignado en el presente requerimiento, podrán ponerse en contacto con la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente, en los siguientes teléfonos: (928) 455338, (928) 455339, (928) 455344.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 2017.- El Director, Sergio Fernando Alonso Rodríguez.

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