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BOC Nº 217. Viernes 10 de Noviembre de 2017 - 5278

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5278 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 31 de octubre de 2017, por la que se modifican las asignaciones presupuestarias de las medidas del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).

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BOC-A-2017-217-5278. Firma electrónica - Descargar

El Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo, dispone el establecimiento de los Programas comunitarios de apoyo a las regiones ultraperiféricas que comprenden dos partes: las medidas en favor de las producciones agrícolas locales y el Régimen Específico de Abastecimiento. El Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo y, en su artículo 40, establece el procedimiento para la modificación de los referidos programas comunitarios.

Para el presente año 2017 está vigente el Programa modificado que fue aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 22 de enero de 2013, por la que se aprueban las modificaciones del programa general presentadas por España en cumplimiento del artículo 49 del Reglamento (CE) nº 793/2006, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo, y cuyo contenido fue publicitado mediante Orden de 19 de febrero de 2013, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, establecido en virtud del artículo 9 del Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo, de 30 de enero de 2006 (BOC nº 42, de viernes 1 de marzo de 2013). En el referido Programa se designa como autoridad competente para la ejecución del Programa a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias.

Por otro lado, mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación de 29 de mayo de 2007, por la que se autoriza, en la Comunidad Autónoma de Canarias, el Organismo Pagador del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, y se establece su organización y funcionamiento, se vienen a asignar las funciones del Organismo Pagador de las ayudas con cargo al Fondo Europeo Agrario de Garantía (FEAGA) a la Viceconsejería de Sector Primario.

A la vista del grado de ejecución de la pasada campaña 2016 de las acciones I.1 y III.4 ("Ayuda a la comercialización local de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias" y "Ayuda al consumo humano de productos de leche de vaca de origen local", respectivamente) incluidas entre las medidas de apoyo a la producción agraria local y de las previsiones de ejecución sobre las mismas para la presente campaña 2017 y su previsible evolución en las siguientes campañas, las dotaciones presupuestarias de dichas medidas serán insuficientes para cubrir el pago de las ayudas, por lo que se hace necesario ampliar las dotaciones financieras de las mismas. Esta modificación entra dentro de los supuestos contemplados en el apartado 3 del artículo 40 del citado Reglamento de ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, que permiten a los Estados Miembros realizar determinadas modificaciones sin acudir al procedimiento de aprobación previa por la Comisión Europea, a condición de que las citadas modificaciones se comuniquen antes de su entrada en vigor. Esta comunicación preceptiva se realizó el pasado 28 de julio de 2017, acusando recibo la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la CE mediante carta del 11 de septiembre de 2017, no manifestando objeciones a la modificación.

Como consecuencia de lo expuesto, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 6, apartado a), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 40/2012, de 17 de mayo, en lo relativo a la aplicación de la Política Agrícola Común en Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la ficha financiera del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias en los términos del anexo a esta Resolución.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias; transcurrido el cual la Resolución será firme a todos los efectos.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de octubre de 2017.- El Viceconsejero de Sector Primario, Abel Morales Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 30421-30423 del documento Descargar

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