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BOC Nº 226. Jueves 23 de Noviembre de 2017 - 5546

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

5546 Secretaría General Técnica.- Resolución de 15 de noviembre de 2017, por la que se ordena la publicación de la primera Adenda de modificación del Convenio de Cooperación suscrito el 20 de julio de 2017, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma, para la prestación de servicios en centros residenciales, de día y de noche a personas en situación de dependencia y, en general, a personas mayores o con discapacidad.

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BOC-A-2017-226-5546. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 20 de julio de 2017, se formalizó un Convenio de Colaboración entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma, para la prestación de servicios en centros residenciales de día y de noche a personas en situación de dependencia y, en general, a personas mayores o con discapacidad para el año 2017.

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 20 de julio de 2017 con el nº RCO2017TF00026.

El mencionado Convenio ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 150, de fecha 4 de agosto de 2017.

Segundo.- Con fecha 14 de noviembre de 2017 se formalizó la Primera Adenda de modificación del Convenio.

A los anteriores, le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 3 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, así como las relativas a la materia de empleo, que tenía asignada la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Primera Adenda de modificación del Convenio de cooperación suscrito el 20 de julio de 2017 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma, para la prestación de servicios en centros residenciales de día y de noche a personas en situación de dependencia y, en general, a personas mayores o con discapacidad para el año 2017, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de noviembre de 2017.- La Secretaria General Técnica, Natalia Escuder y Gutiérrez de Salamanca.

Ver anexo en las páginas 31968-31981 del documento Descargar

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