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BOC Nº 226. Jueves 23 de Noviembre de 2017 - 5552

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 (antiguo Mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna

5552 EDICTO de 31 de octubre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000206/2017.

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BOC-A-2017-226-5552. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Juan Manuel Pérez Ramos, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 (antiguo Mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

La Ilma. Sra. Dña. Carmen Rosa Marrero Fumero, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Cristóbal de La Laguna, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento de Divorcio 206/2017 seguidos en virtud de demanda interpuesta por el Procurador Sr. Machado Rodríguez de Azero en nombre y representación de Dña. María Luz Isabel Guzmán Afonso, asistida por la Letrada Sra. Pérez Cruz, frente a D. Ramón Antonio Sureda García, en situación de rebeldía procesal, ha resuelto dictar la presente

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 30 de octubre de 2017.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Machado Rodríguez de Azero en nombre y representación de quien comparece, y en consecuencia se declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído el 23 de septiembre de 1976 por D. Ramón Antonio Sureda García y Dña. María Luz Isabel Guzmán Afonso, con los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento.

Todo ello, sin hacer expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la expresa advertencia de que contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, llevándose el original al legajo de sentencias, la pronuncio, mando y firmo. La Magistrada-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Ramón Antonio Sureda García, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 30 de octubre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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