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BOC Nº 231. Jueves 30 de Noviembre de 2017 - 5696

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona

5696 EDICTO de 31 de julio de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000056/2016.

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BOC-A-2017-231-5696. Firma electrónica - Descargar

Dña. María Visitación Rengifo Olea, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a cinco de diciembre de dos mil dieciséis.

D. Fernando Piñana Batista, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno, de los de este Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal nº 56/2016, promovidos don Carlos Fernández Lucena, actuando en su propio nombre y derecho, contra D. Zachariah Dinery, en reclamación de cantidad y resolución de contrato por defecto oculto de cosa vendida.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Carlos Fernández Lucena contra D. Zachariah Dinery, se resuelve el contrato de compraventa celebrado entre las partes con fecha 3 de febrero de 2016, del vehículo Renault Megane, Matrícula 1361 DPR, debiendo el demandado devolver a la actora la cantidad de 1.856,52 euros como precio pagado por el comprador por la reparación del vehículo, así como los intereses legales y costas del procedimiento.

Contra esta sentencia no cabe recurso de apelación.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Zachariah Dinnery, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 31 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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