Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 233. Lunes 4 de Diciembre de 2017 - 5762

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria

5762 EDICTO de 22 de mayo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000966/2016.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 229.11 Kb.
BOC-A-2017-233-5762. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Erika Toledo Ramírez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en las autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 2017.

Vistos por Santiago Lojo Corbal, Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria y su partido judicial, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el nº 966/2016 a instancia de la procuradora de los Tribunales Sr. Arencibia Afonso, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio Juan Manuel Duran 21-23-25, con la asistencia letrada de la Sra. Hierro Santana, contra la herencia yacente y desconocidos herederos de don Norberto González Caballero, en rebeldía procesal.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por la procuradora de los Tribunales Sr. Arencibia Afonso, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio Juan Manuel Duran 21-23-25, contra la herencia yacente y desconocidos herederos de don Norberto González Caballero debiendo condenar a la demandada a abonar a la actora 4.609,13 euros, en concepto de principal, con los intereses legales devengados desde la presentación de la demanda, y las costas.

Esta resolución es susceptible de recurso de apelación en ambos efectos ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas en el plazo de los veinte días siguientes a contar desde su notificación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, quedando la original en el libro de sentencias, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada que ha sido publicada la anterior sentencia en el mismo día de su fecha, por el Sr. Magistrado que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, presente yo, la letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. herencia yacente y desconocidos herederos de D. Norberto González Caballero, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de mayo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias