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BOC Nº 247. Miércoles 27 de Diciembre de 2017 - 6173

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

6173 ORDEN de 18 de diciembre de 2017, por la que se modifica la Orden de 16 de marzo de 2017, que aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el año 2017.

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BOC-A-2017-247-6173. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación y Universidades correspondiente al período 2017, y con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden nº 91/2017 de la Consejería de Educación y Universidades de fecha 16 de marzo de 2017 (BOC nº 59, de 24 de marzo), se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el año 2017.

Segundo.- El Parlamento de Canarias mediante diversas resoluciones ha instado al Gobierno de Canarias a incrementar la vinculación de los dos ciclos de Educación Infantil y a colaborar con otras Administraciones a fin de fomentar el incremento progresivo de la oferta de plazas del primer ciclo de Educación Infantil, de conformidad con lo previsto en la Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria.

Ver anexo en la página 37107 del documento Descargar

Tercero.- Se emite propuesta de modificación del "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación y Universidades para el ejercicio 2017", a los efectos de incluir la modificación de la referida línea de subvención en el citado Plan Estratégico.

Cuarto.- Con fecha 11 de diciembre de 2017, la Dirección General de Planificación y Presupuesto informó favorablemente la citada modificación del Plan Estratégico de Subvenciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que: "Los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria".

Segundo.- El artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, determina que los planes tiene carácter programático, no creando su contenido ni derechos ni obligaciones y que su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Tercero.- El artículo 6 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En su virtud, la competencia de modificación corresponde igualmente a la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades.

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19.10.16), el artículo 29, apartado 1, letra a), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15) y el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15),

R E S U E L V O:

Único.- Modificar la Orden Departamental de 16 de marzo de 2017, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación y Universidades para el año 2017 (BOC nº 59, de 24 de marzo), incluyendo la Subvención al "Fomento de la escolarización temprana", en los términos recogidos en el anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2017.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

A N E X O

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES PARA EL AÑO 2017.

2.1.- LA COMPENSACIÓN EDUCATIVA DE LAS DESIGUALDADES.

2.1.5.- CONVOCATORIA DE AYUDA FOMENTO DE LA ESCOLARIZACIÓN TEMPRANA.

Objetivo y efectos: sufragar los gastos de material didáctico de las escuelas infantiles a fin de promover un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de la educación infantil.

Procedimiento de concesión: subvenciones directas.

Centro directivo responsable: Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

Plazo: de 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2017.

Coste estimado: 1.328.269,00 euros.

Fuentes de financiación: Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B 45000 LA. 184G0408 "Fomento de la escolarización temprana".

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