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BOC Nº 18. Jueves 25 de Enero de 2018 - 361

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria

361 Edicto de 17 de marzo de 2017, relativo al auto de aclaración de la sentencia dictada en el procedimiento ordinario nº 0000899/2015.

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BOC-A-2018-018-361. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Isabel Mompin Álvarez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado auto en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

HECHOS

Único.- Que en el procedimiento de referencia se dictó Sentencia en fecha 14 de junio de 2016, la cual fue objeto de aclaración mediante Auto de fecha 1 de julio de 2016, interesándose por la Procuradora de los Tribunales Dña. Petra Ramos Pérez, en nombre y representación de don Juan Castellano Santana el complemento de la Sentencia dictada.

PARTE DISPOSITIVA

Procede el complemento de la omisión padecida en la Sentencia y el Auto dictado en los autos de referencia, en los siguientes términos:

- El domicilio de la parte actora es calle Antón Dvorak, nº 3, planta 4ª, puerta 16, en Las Palmas de Gran Canaria.

Notifíquese la presente a las partes, con indicación que contra la misma no cabe recurso alguno.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Inmobiliaria Popular Casablanca, S.A., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de marzo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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