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BOC Nº 25. Lunes 5 de Febrero de 2018 - 525

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde

525 EDICTO de 22 de noviembre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0001313/2016.

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BOC-A-2018-025-525. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Telde, a 22 de noviembre de 2017.

Vistos y examinados por doña María Luisa Moreno Vera, Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de esta Localidad y su Partido, los autos de Divorcio Contencioso, seguidos con el número de orden 1313/2016 promovidos a instancia de Dña. Josefa Cruz Quintana, representado por la Procuradora Dña. María Lourdes Casanova López y asistido del Letrado Dña. María del Pilar Carnero Mendoza contra D. Sinforoso Francisco Medina Jiménez, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando como estimo la concurrencia de los presupuestos y requisitos legales para ello, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Josefa Cruz Quintana, contra D. Sinforoso Francisco Medina Jiménez, con todos los efectos legales inherentes a este pronunciamiento.

No procede hacer expresa imposición de las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil del lugar donde este inscrito el matrimonio y el nacimiento de los hijos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de Apelación, el cual deberá ser anunciado en el plazo de veinte días.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Sinforoso Francisco Medina Jiménez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Telde, a 22 de noviembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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