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BOC-A-2018-031-648.
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D./Dña. Sara Rubira Varela, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de septiembre de 2016, Dña. Ana Delia Hernández Sarmiento, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de los de esta Ciudad y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el nº 340/2016, entre partes, siendo demandante la entidad Mabecan Sistemas Profesionales de Limpieza, S.L., representada por la Procuradora Dña. Gabriela Domínguez González y defendida por la Letrada Dña. Teresa Budiño Benítez, contra la entidad Aqua Servis Atlántico XXI, S.L.U., en situación procesal de rebeldía, y que versa sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Dña. Gabriela Domínguez González en nombre y representación de la entidad Mabecan Sistemas Profesionales de Limpieza, S.L., condenando en consecuencia a la demandada Aqua Servis Atlántico XXI, S.L.U. a pagar a la actora la cantidad de cuatro mil ciento cuarenta y tres euros con cincuenta y siete céntimos (4.143,57). Las costas ocasionadas en esta primera instancia serán satisfechas por la parte demandada.
Notifíquese a las partes la presente resolución, haciendo constar no es firme y cabe interponer contra la misma recurso de apelación, en el plazo y con los requisitos establecidos por la Ley.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Aqua Servis Atlántico XXI, S.L.U., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 21 de septiembre de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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