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BOC Nº 32. Miércoles 14 de Febrero de 2018 - 671

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

671 EDICTO de 23 de marzo de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000069/2016.

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BOC-A-2018-032-671. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Arona, 22 de marzo de 2017.

Juez Francisco Borja Abeijón Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Procuradora de los Tribunales Dña. Cayetana López Adán, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Marina Palace, presentó escrito, el 15 de enero de 2016, por el que formulaba demanda de juicio ordinario, por reclamación de cantidad, contra D. Lázaro Ramón Brunet Quesada, Dña. María del Rosario Lodos Correa y Dña. Brigitte Brunet Lodos. Todo ello en base a los hechos y fundamentos de derecho alegados en el propio escrito, terminó suplicando que se dictara sentencia conforme a sus pedimentos.

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Cayetana López Adán, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Marina Palace, contra D. Lázaro Ramón Brunet Quesada, Dña. María del Rosario Lodos Correa y Dña. Brigitte Brunet Lodos, y, por tanto, se condena a D. Lázaro Ramón Brunet Quesada, Dña. María del Rosario Lodos Correa y Dña. Brigitte Brunet Lodos, de forma solidaria, a pagar diez mil ciento quince euros con treinta y cinco céntimos de euro (11.115,35 euros) a favor de la Comunidad de Propietarios Marina Palace; así como el interés legal de dicha cantidad, que se devenga desde la interposición de la demanda, el 15 de enero de 2016.

Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Lázaro Ramón Brunet Quesada, Rosario Lodos Correa y Brigitte Brunet Lodos, expido y libro el presente en Arona, a 23 de marzo de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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