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BOC Nº 37. Miércoles 21 de Febrero de 2018 - 781

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife

781 Edicto de 23 de enero de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000500/2013.

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BOC-A-2018-037-781. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. José Damián Bailón Pérez-Milá, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 28 de marzo de 2016.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Sonia Martínez Uceda, Magistrada Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000500/2013 seguido entre partes, de una como demandante la entidad mercantil Tejidos Reina, S.A., dirigido por el Letrado don Luis Abeledo Iglesias (nº de colegiación 4.804) en sustitución de la Letrada Dña. Juana María Micó Arbeledo y representado por la Procuradora doña Corina Melián (nº de colegiación 194) en sustitución de Dña. Sonia González González y de otra como demandada la entidad mercantil Textiles para El Hogar Méndez Rosalva, S.L.U. y Francisco Javier Méndez Pérez, declarada en rebeldía procesal, sobre responsabilidad de administradores

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta a instancia de la mercantil Tejidos Reina, S.A., representada por la Procuradora doña Sonia González González contra la demandada entidad mercantil Textiles para el Hogar Méndez Rosalva, S.L.U. y administrador único don Francisco Javier Méndez Pérez, en rebeldía procesal y condeno a don Francisco Javier Méndez Pérez a que abone a la demandante la cantidad de diez mil seiscientos treinta y ocho euros y sesenta y siete céntimos (10.638,67 euros), de principal, y aquellos intereses legales y judiciales que resulten de aplicación, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de 20 días desde el día siguiente a su notificación.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Textiles para el Hogar Méndez Rosalva, S.L.U. y Francisco Javier Méndez Pérez, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de enero de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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