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BOC Nº 38. Jueves 22 de Febrero de 2018 - 809

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario

809 EDICTO de 20 de mayo de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000556/2013.

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BOC-A-2018-038-809. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Isabel Hernández Bautista, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 20 de mayo de 2015.

Vistos por el/la Ilmo./a Sr./Sra. D./Dña. Bertrand Calatayud Chollet, Juez, los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000556/2013 seguido entre partes, de una como demandante Excelentísimo Ayuntamiento de Pájara, dirigido por el Letrado D./Dña. desconocido y representado por el Procurador D./Dña. Carmen Dolores Matoso Betancor y de otra como demandada D./Dña. Gardenkit, S.L.

FALLO

Que estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Dña. Carmen Matoso, en nombre y representación del Ayuntamiento de Pájara, contra la mercantil Gardenkit, S.L.:

1º) Declaro resuelta la compraventa de las parcelas 1 A-4 (finca registral 15.247) y 1 A-9 (finca registral 15.252) del plan parcial de La Lajita, Fuerteventura; Las Palmas, celebrada entre las partes el día 16 de febrero de 2005 y documentada en escritura pública.

2º) Condeno al demandado a indemnizar al actor con las cantidades desembolsadas a cuenta de la venta de dichas parcelas.

3º) Condeno al demandado al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes en los términos acordados, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugnan.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido la entidad Gardenkit, S.L., expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 20 de mayo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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