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BOC Nº 39. Viernes 23 de Febrero de 2018 - 829

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

829 EDICTO de 5 de febrero de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000478/2017.

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BOC-A-2018-039-829. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Montserrat Gracia Mor, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En Las Palmas de Gran Canaria, a dos de febrero de dos mil dieciocho.

Vistos por doña Yolanda Alcázar Montero, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio de Divorcio Contencioso, seguidos con el nº 478/2017, a instancia del Procurador Sra. Melián Pérez, en nombre y representación de Dña. Flavia Paola Funes Pósito, asistida del Letrado Sr. Domínguez Cubas, contra D. Marcelo Carlos Prado, en situación legal de rebeldía recayendo la presente resolución con base en lo siguiente.

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de Dña. Flavia Paola Funes Pósito, contra D. Marcelo Carlos Prado, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio celebrado entre ellos en fecha 7 de diciembre de 1990, con los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No procede hacer expresa imposición de las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, entréguese testimonio de la misma a la demandante a fin de que proceda, en su caso, a su inscripción en el Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, en el plazo de veinte días dese su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así, por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Marcelo Carlos Prado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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