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BOC Nº 44. Viernes 2 de Marzo de 2018 - 952

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

952 Dirección General de Trabajo.- Resolución de 20 de febrero de 2018, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales en Canarias, para el ejercicio 2017.

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BOC-A-2018-044-952. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta formulada por la Jefe del Servicio de Apoyo en la Coordinación, Diálogo Social y Gestión Económica, relativa a las solicitudes de subvenciones destinadas a financiar proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales en Canarias en el ejercicio 2017, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden departamental de 26 de septiembre de 2017, se aprobaron las bases y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales en Canarias, para el ejercicio 2017.

Segundo.- De conformidad con la base 11ª de la Orden departamental de 26 de septiembre de 2017, mediante Resolución de 10 de noviembre de 2017, publicada en la pagina web, https://www.gobcan.es/trabajo, el 14 de noviembre de 2017, se requiere documentación a los interesados de las subvenciones, concediendo un plazo de diez días hábiles para ello.

Tercero.- Mediante Resolución de 1 de diciembre de 2017, del Director General de Trabajo, se designa a los miembros de la Comisión de Valoración de las solicitudes de la citada subvención, en ejercicio de las funciones conferidas por la base 9ª de la Orden departamental 26 de septiembre de 2017.

Cuarto.- La Comisión de Valoración procedió a la evaluación de las solicitudes, en sesión celebrada el 5 de diciembre de 2017, emitiendo la siguiente propuesta:

Denegar la subvención a la solicitud presentada por D. Ignacio Serrano Pérez, porque el proyecto presentado no puede encuadrarse en ninguna de las actividades subvencionables ya que, por un lado, no se trata de una tecnología innovadora, sino de la aplicación de una tecnología ya desarrollada y plenamente implantada en el mercado. Por otro lado, en caso de referirse al diseño de un procedimiento de trabajo innovador, la documentación presentada no contiene el desarrollo de dicho procedimiento, y dar por desistidas las solicitudes presentadas y no subsanadas por:

D. Abilio Daniel García González;

ASECU, Asociación de empresarios y comerciantes unidos de La Laguna;

Asociación de jóvenes empresarios.

Quinto.- Mediante Resolución de 9 de enero de 2018, publicada en la pagina web, https://www.gobcan.es/trabajo, el 16 de enero de 2018, se resuelve provisionalmente la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales en Canarias en el ejercicio 2017.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Lo establecido en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero.

Segunda.- Orden departamental de 26 de septiembre de 2017, por la que se aprobaron las bases y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales en Canarias, para el ejercicio 2017.

Tercera.- Es competente para efectuar la presente Resolución el Director General de Trabajo de conformidad con la delegación efectuada en la Orden LOR2017CA00623 de 26 de septiembre de 2017, que en su resuelvo quinto dispone, entre otras, la delegación en la persona titular de la Dirección General de Trabajo, del ejercicio de la competencia para resolver el concurso de la convocatoria. Dicha delegación fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 193, de 5 de octubre de 2017.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Desestimar la solicitud presentada por D. Ignacio Serrano Pérez, por no cumplir el proyecto presentado con la base 4ª de la Orden departamental de 26 de septiembre de 2017, por la que se aprobaron las bases y la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a financiar proyectos de investigación en materia de prevención de riesgos laborales en Canarias, para el ejercicio 2017.

Segundo.- Dar por desistidas las solicitudes que se mencionan a continuación por no presentar la documentación requerida en la Resolución de 10 noviembre de 2017, publicada en la página web, https://www.gobcan.es/trabajo, el 14 de noviembre de 2017:

D. Abilio Daniel García González.

ASECU, Asociación de empresarios y comerciantes unidos de La Laguna.

Asociación de jóvenes empresarios.

Tercero.- Que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en la base 13ª de la Orden de 26 de septiembre de 2017.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en el plazo de un (1) mes, a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del siguiente al de la notificación, según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición, o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 febrero de 2018.- El Director General de Trabajo, José Miguel González Hernández.

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