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BOC Nº 45. Lunes 5 de Marzo de 2018 - 985

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arrecife

985 EDICTO de 8 de febrero de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000636/2013.

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BOC-A-2018-045-985. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Ignacio Asensio-Wandosell García Cabañas, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA Nº

En Arrecife, a 17 de mayo de 2016.

Vistos y examinados los presentes autos nº 636/2013, por Dña. Tamara Martínez Esteban, Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Arrecife (Las Palmas) y su partido; seguidos a instancia de D. Pedro Monteagudo Navarro, representado por la Procuradora Dña. Noelia Lemes Rodríguez y asistido por la Letrada Dña. Helena Vanesa Duque (en sustitución de Dña. Mar de Astca Nadal) frente a Micalmar Lanzarote, representada por la Procuradora Dña. Soledad Tello Checa y asistida por el Letrado D. Javier Alonso de Velasco (en sustitución de D. Miguel Martín García-Casado), y frente a Vitaldent y a D. Manuel Pérez Ríos, ambos en situación procesal de rebeldía, habiendo recaído los siguientes:

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta en nombre y representación de D. Pedro Monteagudo Navarro frente a Micalmar Lanzarote, S.L., Vitaldent y D. Manuel Pérez Ríos, absolviendo en consecuencia a estos últimos de todas las pretensiones contra ellos ejercitadas; todo ello con expresa condena en costas para la parte actora.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la presente pueden interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, mediante escrito con firma de Letrado, en este juzgado, para cuya admisión deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo Dña. Tamara Martínez Esteban, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arrecife y su partido.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Manuel José Pérez Ríos, expido y libro el presente en Arrecife, a 8 de febrero de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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