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BOC-A-2018-046-1014.
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Los convenios suscritos por la sociedad mercantil pública Gesplan con otros entes públicos o con personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, están sujetos a las prescripciones del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con su artículo 2.2.e).
En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del citado Decreto, los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias.
Visto el Acuerdo del Gobierno de Canarias de 21 de julio de 2015 en el que se indica que la sociedad mercantil pública Gesplan está adscrita a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.
En cumplimiento de lo anterior,
R E S U E L V O:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio de Colaboración entre la empresa Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) y la Asociación por el Respeto y el Compromiso con los Animales y la Naturaleza (ARYCAN) para la utilización del quirófano del Albergue Insular de Animales, cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2018.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Nery Cordobés Sánchez.
A N E X O
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EMPRESA GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN) Y LA ASOCIACIÓN POR EL RESPETO Y EL COMPROMISO CON LOS ANIMALES Y LA NATURALEZA (ARYCAN) PARA LA UTILIZACIÓN DEL QUIRÓFANO DEL ALBERGUE INSULAR DE ANIMALES.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de enero de 2018.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Andrea Sabine Hansen, en calidad de Presidenta de la Asociación por el Respeto y el Compromiso con los Animales y la Naturaleza (ARYCAN) en virtud del acuerdo de Asamblea de fecha 28 de marzo de 2015, con domicilio social en la calle Comandante Franco, nº 7, término municipal de Telde, constituida el 20 de diciembre de 2006, inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias con el nº 2064 (G1/S1/14116-06/GC).
Y de la otra, Dña. Beatriz Calzada Ojeda, mayor de edad, vecina de Santa María de Guía, con domicilio a estos efectos en Las Palmas de Gran Canaria, calle León y Castillo, nº 54 y provista de DNI nº 42868396F, en representación de la sociedad "Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental, S.A." (Gesplan) con CIF A38279972, en calidad de Consejera Delegada, en virtud del nombramiento realizado en la sesión del Consejo de Administración celebrado el 31 de agosto de 2015, el cual ha sido elevado a público e inscrito en el Registro Mercantil correspondiente.
INTERVIENEN
La Sra. Calzada Ojeda en la representación indicada en el apartado anterior.
La Sra. Sabine Hansen en la representación indicada en el apartado anterior.
Ambas partes se reconocen capacidad para suscribir el presente Convenio de Colaboración, y a tal efecto,
EXPONEN
I.- Que la Asociación por el Respeto y el Compromiso con los Animales y la Naturaleza (ARYCAN) (en adelante la Asociación), tiene como misión la mejora de la calidad de vida de los animales y muy especialmente el apoyo a la castración de perros y gatos en la isla de Gran Canaria para evitar la proliferación de estos animales en colonias urbanas y en el medio rural, a través de la prestación de servicios y apoyos en cirugía veterinaria. Asimismo, hace una labor de búsqueda activa de donantes y adoptantes de animales del Albergue Insular de Animales en otros países, principalmente en Alemania.
II.- Que Gesplan es la sociedad mercantil pública responsable de la gestión del Albergue Insular de Animales, en virtud de la Resolución nº 1935, de 28 de diciembre de 2017, del Sr. Consejero de Gobierno de Medio Ambiente, Emergencias y Participación Ciudadana del Cabildo de Gran Canaria, por la que se prorroga para la anualidad 2018 la encomienda a esta mercantil la citada gestión.
III.- Que es intención de la Asociación continuar prestando las labores de apoyo a la castración de perros y gatos adoptados en el Albergue Insular de Animales, habiéndose suscrito con este propósito el 22 de febrero de 2017 un Acuerdo entre las partes para dicho fin con fecha de finalización a 31 de diciembre de 2017, siendo publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 51, de 14 de marzo de 2017.
Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con las siguientes estipulaciones
ESTIPULACIONES
Primera.- La Asociación utilizará las instalaciones del quirófano del Albergue Insular de Animales para realizar las castraciones que sean remitidas desde la administración del Albergue por encontrase en trámites de adopción.
Segunda.- Gesplan reconoce que el material existente en el momento de la firma del presente acuerdo pertenece a la Asociación, producto de donaciones e inversiones propias realizadas antes del año 2017.
Tercera.- Todo material que Gesplan instale en el quirófano será inventariado y será propiedad del mismo, estando autorizada la Asociación a su utilización mientras dure el presente acuerdo de colaboración.
Cuarta.- La Asociación podrá hacer uso del quirófano para la realización de castraciones de colonias de gatos urbanas, siempre que el Albergue no precise del mismo para realizar operaciones; teniendo siempre prioridad el Albergue en el uso del mismo.
Quinta.- La Asociación pondrá a disposición un veterinario colegiado para el desarrollo de su actividad, debiéndose hacerse cargo de todas las obligaciones legales del mismo (contar con seguro, estar al corriente del pago de sus nóminas, de los pagos a la Seguridad Social, etc.).
Sexta.- Los trabajadores de la Asociación no tendrán ningún tipo de vinculación laboral con el Albergue ni con Gesplan.
Séptima.- La Asociación podrá contar con voluntarios para el desarrollo de sus actividades, siempre que los mismos hayan sido autorizados previamente por el Albergue y rubricado el acuerdo que desde el mismo se establezca. En este caso para la Asociación será de obligado cumplimiento lo contenido en la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado, así como sus reglamentos de desarrollo o la normativa que en un futuro modifique o sustituya a las citadas. Por lo que los voluntarios que accedan en nombre de la Asociación deberán estar cubiertos por los seguros a los que se refiere la citada normativa.
Octava.- La Asociación contará con dos mandos de la puerta principal del Albergue, asignación de código de desbloqueo de alarma y llaves del quirófano y oficinas (área de office). La Asociación se compromete a un uso responsable de las mismas y de las instalaciones, no pudiendo en ningún caso hacer copias ni ceder dicho material a terceros.
Novena.- Por parte de Gesplan se facilitarán los medios necesarios para la realización de las castraciones (material clínico, medicamentos, material fungible, etc.), estando obligada la Asociación al correcto uso de los mismos y que sean utilizados por personal autorizado.
Décima.- La Asociación presentará por escrito al Albergue el nombre completo, Documento Nacional de Identidad, copia compulsada de la titulación y copia del justificante de estar colegiado, del veterinario contratado por la misma para la realización de sus actividades en el quirófano, así como de los seguros obligatorios.
Decimoprimera.- Queda totalmente prohibido un uso privado de las instalaciones distinto a las indicadas en el presente acuerdo.
Decimosegunda.- La Asociación contará con la asignación de jaulas específicas para los animales adoptados en el extranjero, en tanto en cuanto gestionan la documentación del animal para su traslado a dicho país.
Decimotercera.- La Asociación se compromete a cumplir las normas establecidas por Gesplan en el Albergue.
Decimocuarta.- Ambas partes cumplirán en todo momento con la normativa y legislación vigente en materia de protección de datos, y especialmente con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter personal, su normativa de desarrollo y cuanta normativa resulte de aplicación en cada momento.
Decimoquinta.- El presente Convenio surtirá efecto desde el mismo día de la firma hasta el 31 de diciembre de 2018, pudiendo las partes prorrogarlo antes de su vencimiento por periodos de un año, siendo necesario firmar por ambas partes la correspondiente prórroga.
Decimosexta.- El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes dará lugar a la resolución del presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio. Serán también causas de resolución el transcurso de su plazo de vigencia, el acuerdo de las partes en ese sentido y la decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
Decimoséptima.- Se establece un órgano formado por la Presidenta de la Asociación y el responsable de la encomienda designado por Gesplan como encargado del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Este órgano resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.
Decimooctava.- El presente Convenio podrá modificarse mediante acuerdo firmado por escrito de ambas partes.- Andrea Sabine Hansen, Presidenta de ARYCAN.- Beatriz Calzada Ojeda, Consejera Delegada de Gesplan.
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