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BOC Nº 46. Martes 6 de Marzo de 2018 - 1015

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

1015 Secretaría General Técnica.- Resolución de 23 de febrero de 2018, por la que se dispone la publicación del Convenio de Cooperación Educativa entre la Asociación Española de Veterinarios Municipales (AVEM) y la empresa Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) para la realización de prácticas externas y/o la realización del trabajo de fin de curso.

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BOC-A-2018-046-1015. Firma electrónica - Descargar

Los convenios suscritos por la sociedad mercantil pública Gesplan con otros entes públicos o con personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, están sujetos a las prescripciones del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con su artículo 2.2.e).

En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del citado Decreto, los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias.

Visto el Acuerdo del Gobierno de Canarias de 21 de julio de 2015 en el que se indica que la sociedad mercantil pública GESPLAN está adscrita a la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio de Cooperación Educativa entre la Asociación Española de Veterinarios Municipales (AVEM) y la empresa Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) para la realización de prácticas externas y/o la realización del trabajo de fin de curso, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de febrero de 2018.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Nery Cordobés Sánchez.

A N E X O

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE VETERINARIOS MUNICIPALES (AVEM) Y LA EMPRESA GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN) PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EXTERNAS Y/O LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE CURSO.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de enero de 2018.

De otra parte, D. Juan Carlos Ortiz Menéndez, NIF 05227022L, Presidente, en calidad de representante legal, acreditado con poder notarial bastante, de Asociación Española de Veterinarios Municipales, en adelante AVEM, con CIF G83370619, y con domicilio social en la calle Ronda de La Luna, 8, 28760, Tres Cantos, Madrid.

Y de otra parte, Dña. Beatriz Calzada Ojeda, NIF 42868396F, en calidad de Consejera Delegada de Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (en adelante Gesplan, S.A.), CIF A38279972, con domicilio social en la calle León y Castillo, 54, del municipio de Las Palmas de Gran Canaria.

Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.- Que AVEM, es una entidad sin ánimo de lucro, constituida por profesionales veterinarios que trabajan en la administración local y está inscrita en el Registro General de Asociaciones del Ministerio del Interior de España, con el nº 169422 de la sección primera, con fecha 20 de junio de 2002, que tiene como fines los establecidos en los Estatutos de la Asociación Española de Veterinarios Municipales, entre los que se encuentran:

a) Promover y realizar cualquier actividad relacionada con la prevención y la promoción de la Salud Pública, especialmente las relacionadas con la Seguridad Alimentaria, la Salubridad medioambiental y la sanidad animal, así como la Protección y el Bienestar Animal, especialmente en lo relativo al fomento de la tenencia responsable de animales de compañía y fomento de la adopción.

b) Colaborar con las entidades públicas y privadas en general, y especialmente con las administraciones locales, y las autoridades sanitarias, de salubridad pública y de medio ambiente y de protección y bienestar animal, en relación con las áreas indicadas.

Segundo.- Que Gesplan, S.A. goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, y está constituida al amparo de la Ley, cuyo objeto social es la realización de estudios urbanísticos y de planeamiento, estudios ambientales y de fomento de la naturaleza.

Tercero.- Que ambos se reconocen recíprocamente capacidad para intervenir y cumplir el presente Convenio de Colaboración de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del Convenio.

Este Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que los alumnos de las actividades formativas que organice AVEM podrán realizar un programa de prácticas externas y/o la realización del Trabajo de Fin de Curso de cualquier enseñanza impartida, relacionada con la actividad que desarrolla la entidad colaboradora, según las condiciones particulares de cada actividad formativa.

Segunda.- Condiciones generales del Convenio.

A. OFERTA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS.

Gesplan, S.A. podrá ofrecer, sin compromiso por su parte, plazas de prácticas con la periodicidad o cuantía que desee e indicar la oferta específica para cada plaza.

B. DURACIÓN Y DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS.

La duración de las practicas, su número de horas, vendrán establecidas en cada acción formativa.

El calendario y los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades que pueda ofertar Gesplan, S.A.

Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de Gesplan, S.A. y seguir las instrucciones que reciba de su responsable. Deberán aplicarse con diligencia a las tareas que se les encomienden, de las cuales guardarán secreto profesional durante su estancia y una vez finalizada esta. En caso de ausencia será necesario comunicarlo al tutor del alumno, por parte de AVEM. El régimen de permisos del estudiante será consensuado por los tutores de ambas partes.

Por causas debidamente justificadas cualquiera de las partes podrá rescindir el período de prácticas. Si Gesplan, S.A. lo considera conveniente, AVEM gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible.

Si los estudiantes desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad, en parte o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc. deberá solicitar la conformidad de Gesplan, S.A. por escrito, quien deberá responder en un plazo máximo de 45 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.

La participación de Gesplan, S.A. en el programa de prácticas no supone la adquisición de más compromisos que los estipulados en el presente Convenio. Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Asimismo, y en el caso de que al término de los estudios el estudiante se incorporase a la plantilla de la entidad colaboradora, el tiempo de las prácticas no se computará a efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba salvo que en el oportuno Convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulado algo distinto.

Tanto Gesplan, S.A. como AVEM designarán un tutor por cada entidad para los alumnos.

C. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y DE ACCIDENTES.

AVEM suscribirá un seguro de Responsabilidad Civil y de Accidentes a cada alumno que realice sus prácticas en las instalaciones de Gesplan, S.A. durante el periodo que duren las mismas.

Tercera.- Corresponde a AVEM.

1. Elaborar un anexo a este Convenio para cada estudiante en prácticas donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora. La dirección del curso resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas.

2. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con el tutor de Gesplan, S.A. en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.

Cuarta.- Corresponde a Gesplan, S.A.

1. Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia facilitando a la dirección del curso el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que constará, el tiempo de prácticas realizado, horas totales y su contenido.

2. Observar y hacer observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas en el centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.

Quinta.- Protección de datos, transparencia e imagen corporativa.

En relación con el tratamiento de los datos de carácter personal, ambas entidades en el desarrollo de sus correspondientes actividades derivadas del presente Convenio, atenderán las disposiciones de obligado cumplimiento establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.

Sexta.- Duración y denuncia del Convenio.

La duración del presente Convenio será de cinco años y surtirá efecto desde el día de su firma. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las partes, que deberá ser formalizado por escrito, un mes antes de la expiración del plazo convenido.

Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Convenio comunicándolo a la otra por escrito con un mes de antelación a la fecha en la que desee la terminación del mismo o, en su caso, de su prórroga.

Séptima.- Cuestiones litigiosas.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán de solventarse por acuerdo de las partes, si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo correspondiente.

Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.- Por la Asociación Española de Veterinarios Municipales, Juan Carlos Ortiz Menéndez.- Por Gesplan, S.A., Beatriz Calzada Ojeda.

Ver anexo en las páginas 7935-7935 del documento Descargar

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