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BOC Nº 48. Jueves 8 de Marzo de 2018 - 1099

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife

1099 EDICTO de 23 de enero de 2018, relativo al auto dictado en el procedimiento de adopción nº 0000531/2016.

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BOC-A-2018-048-1099. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Inmaculada Monllor Gisbert, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia/Auto en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

HECHO

Primero.- Por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda de la Comunidad Autónoma de Cananas se presentó escrito en fecha 12 de julio de 2016, repartido a este Juzgado, promoviendo la constitución de la adopción de la menor (omitido) por (omitido), remitiéndose testimonio del correspondiente expediente administrativo, en el cual se dictó resolución declarando la idoneidad para la adopción de las personas propuestas por la Entidad Pública como adoptantes.

Segundo.- Incoados autos de Jurisdicción Voluntaria, se recabó el consentimiento para la adopción de los adoptantes propuestos, quienes lo prestaron en fecha 17 de octubre de 2016. La madre biológica ha manifestado su asentimiento a la adopción en fecha 6 de febrero de 2017.

Conferido traslado al Ministerio Fiscal, ha emitido informe favorable a que se constituya la adopción del menor.

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO: acceder a la propuesta formulada por la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda de la Comunidad Autónoma de Canarias y acordar la constitución de la adopción de la menor (omitido) -cuyo nacimiento figura inscrito en el tomo 1175, página 313 de la Sección 1ª del Registro Civil de Las Palmas de Gran Canaria-, a favor de (omitido)

Los apellidos de la menor adoptada serán en lo sucesivo "(omitido)".

Firme la presente resolución expídase testimonio que se entregará a la entidad promotora del expediente; y líbrese exhorto al Registro Civil donde figura inscrito el nacimiento de la menor para que se practique la inscripción marginal correspondiente o en su caso para que se practique la inscripción inicial, debiendo constar las menciones de identidad de los adoptantes y los apellidos que corresponden a la adoptada en lo sucesivo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días siguientes a su notificación.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma, Dña. Nuria Navarro García, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Siete de los de Santa Cruz de Tenerife.- Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. María del Pilar Crespo Saludes, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 23 de enero de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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