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BOC Nº 49. Viernes 9 de Marzo de 2018 - 1161

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1161 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Salud Pública.- Resolución de 24 de febrero de 2018, de cancelación y baja de inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.

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BOC-A-2018-049-1161. Firma electrónica - Descargar

El Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), obliga a los operadores de empresa alimentaria a comunicar a la autoridad competente cualquier modificación de los datos de la información obligatoria necesaria para su inscripción, así como el cese definitivo de la actividad, que dará lugar a su cancelación en el Registro.

Se ha comprobado que las entidades relacionadas han modificado los datos de su inscripción en el RGSEAA, y esta Dirección General no tiene constancia que se hayan comunicado dichos cambios por parte de las referidas empresas.

De acuerdo con el apartado 4 del artículo 5 del Real Decreto 191/2011, la cancelación registral podrá practicarse de oficio cuando se constaten la inexactitud de los datos, habiéndose notificado este hecho mediante el requerimiento a través de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 17, de fecha 24 de enero de 2018, y en el Boletín Oficial del Estado nº 26, de fecha 29 de enero de 2018, por lo que transcurrido el plazo establecido conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y no habiéndose recibido comunicación alguna al respecto, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Cancelar y dar de baja de inscripción en el RGSEAA e informar a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, para que se lleve a cabo la cancelación de los asientos registrales de las empresas que se relacionan:

Ver anexo en las páginas 8522-8523 del documento Descargar

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 30.1 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de cualquier otro que se considere pertinente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de febrero de 2018.- El Director General de Salud Pública, José Juan Alemán Sánchez.

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